Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 8 de Junio de 2017, expediente CFP 009618/2001/41

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 9618/2001/41 REGISTRO NRO. 654/17.4 Buenos Aires, 8 de junio de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CFP 9618/2001/41/RH9, caratulada: “ALSOGARAY, M.J. s/recurso extraordinario”, acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario federal presentado a fs.

56/74 por la Defensa Pública Oficial asistiendo a M.J.A., contra la resolución dictada por esta Sala IV obrante a fs. 52/53 (Reg. N..

280/17.4), en cuanto resolvió: “

  1. NO HACER LUGAR a la queja interpuesta por la Defensa Pública Oficial asistiendo a M.J.A., sin costas (arts.

477 –cuarto párrafo-, 478 –primer párrafo-, 530 y 531 in fine del C.P.P.N.)”. Ello en virtud de las previsiones contenidas en los arts. 14 de la ley 48, 6 de la ley 4055 y 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Y CONSIDERANDO:

Que la decisión a cuyo reexamen por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación se aspira no constituye sentencia definitiva ni puede considerarse equiparable por sus efectos.

En dicha dirección, el progreso del recurso extraordinario promovido no puede autorizarse, ya que, lo resuelto por esta S., no constituye sentencia definitiva ni puede considerarse equiparable a tal, no pone fin al procedimiento, ni impide su continuación, ni demuestra la parte un perjuicio de imposible o insuficiente reparación ulterior (Fallos 311:1671; 314:657; 316:341 y 2597; 318:665, entre otros), supuestos éstos que autorizarían a hacer excepción a la regla general evocada, en los términos de la jurisprudencia del más alto Tribunal.

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal a fs. 76/78 vta., el recurso intentado no puede prosperar.

Por lo expuesto, el Tribunal Fecha de firma: 08/06/2017 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: H.B...

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