Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 4, 12 de Septiembre de 2014, expediente CCC 039358/2010/4/RH001

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2014
EmisorSala 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CCC 39358/2010/4/RH1 REGISTRO NRO. 1827/14 Buenos Aires, 12 de septiembre de 2014.

AUTOS Y VISTOS:

1 Para resolver en la presente causa N..

CCC 39358/2010/4/RH1 acerca de la queja, por recurso de casación denegado, presentada por el Dr. J.M.L., letrado defensor de H.O.R., contra la decisión de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de esta ciudad que confirmó la decisión del juez de grado en tanto rechazó el pedido de prescripción de la acción solicitado por el recurrente.

Y CONSIDERANDO:

Que la queja en estudio fue deducida en debido tiempo y forma, y por quien se encuentra legitimado para ello.

No obstante, la decisión recurrida en casación, por principio, no cumple con el requisito de impugnabilidad objetiva previsto por el artículo 457 del C.P.P.N. (cfr. Sala

I- causas: Nro. 1.084 caratulada “G.C., I. s/recurso de queja”

(Reg. 1.256) y Nro 12.064 caratulada “DE O., J. s/recurso de queja” (Reg. N.. 14.655); S.I.-

causas: Nro. 10.613 caratulada “TURNER, H.G. s/recurso de queja” (Reg. N.. 15.089) y N.. 12.085 caratulada “RODRÍGUEZ, M.Á. s/recurso de casación” (Reg. N.. 15.859); S.I.-

causas: Nro. 722 caratulada “T.R., J. s/recurso de casación” (Reg. N.. 73), N.. 13.208 caratulada “LEVI, S.G. s/queja” (Reg. N..

3/11) y Sala

IV- causas: Nro. 13.753 caratulada “ERLIJMAN, G.M. s/recurso de queja” (Reg.

N.. 968/12), N.. 13.939 caratulada “GONZÁLEZ, R.A. s/recurso de queja” (Reg. N..

1047.4), entre otras).

Fecha de firma: 12/09/2014 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CÁMARA DE CASACIÓN Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA Por lo demás, el recurrente no demuestra fundadamente que en el caso se encuentre implicada una cuestión de índole federal o que la decisión recurrida le ocasiona un agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior, permitiendo ello equiparar la decisión en cuestión, a definitiva y habilitar así esta instancia.

Recuérdese que esta Cámara de Casación fue instituida como “tribunal intermedio”, de conformidad con la doctrina sentada por el Alto Tribunal en el caso “Di Nunzio”(expte. D.199.XXXIX, rta. el 3/5/05) en los casos en que, además de impugnarse una decisión de carácter definitivo o equiparable a tal...

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