Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 19 de Agosto de 2020, expediente FBB 013552/2018/3/RH001

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Cámara Federal de Casación Penal Sala III

Causa Nº FBB 13552/2018/3/RH1

C., A.S. s/recurso de queja

Registro nro.:

Buenos Aires, 19 de agosto de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, en lo que aquí

interesa, confirmó el auto de procesamiento, sin prisión preventiva, del imputado A.S.C., aunque modificó la calificación legal de los hechos decidida por el juez de grado, considerando al nombrado presunto autor del delito de encubrimiento en la modalidad de favorecimiento personal por ayuda y omisión de denuncia, agravado por resultar el delito especialmente grave y por la calidad de funcionario público (art. 277 inc. 1° apartados a) y d) e inc.

  1. apartados a) del Código Penal).

    Contra esa resolución la defensa particular interpuso recurso de casación cuyo rechazo motivó la presentación directa en estudio.

    Y CONSIDERANDO:

  2. ) Que la parte recurrente no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que señaló el a quo como objeción al recurso que intentó puesto que el pronunciamiento recurrido no reúne los requisitos previstos por el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no pone fin a la acción o a la pena, ni hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena.

    En tal sentido, corresponde tener particularmente en cuenta el criterio rector que la Corte Suprema de Justicia de la Nación sentó en el precedente recaído en la causa M25XLVI

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    Fecha de firma: 19/08/2020

    Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

    Montecchiari, C. s/ recurso extraordinario

    del 22/02/11, en cuanto establece que la decisión que confirma el auto de procesamiento sin prisión preventiva no resulta equiparable a sentencia definitiva en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación. Postura que, por lo demás, concuerda con la doctrina tradicionalmente sostenida por el Alto Tribunal en la materia, según la cual las decisiones cuya consecuencia sea la obligación de seguir sometido a proceso no revisten la calidad de definitivas por no causar un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior (Fallos: 310:195, 314:657, 316:341, 321:1385).

  3. ) De este modo, el límite objetivo...

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