Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 29 de Septiembre de 2016, expediente CFP 010429/2015/3/RH001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 CFP 10429/2015/3/RH1 REGISTRO Nº 1786/16.1 Buenos Aires, 29 de septiembre de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CFP 10429/2015/3/RH1 sobre la queja deducida a fs. 73/90 vta.

por los doctores C.C.L. y J.J.O., defensores particulares de Ye Wangfang.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que con fecha 14 de julio de 2016, la Sala II de la Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó la resolución dictada por el señor juez de grado que resolvió

    rechazar el planteo de nulidad deducido por la defensa de Ye Wangfang (fs. 53/55 y fs. 26/29, respectivamente).

  2. ) Contra esa decisión, la asistencia técnica de la imputada interpuso recurso de casación, el que denegado, motivó la presentación directa en examen (cfr. fs. 57/69, fs. 71/71 vta., fs. 73/90 vta.).

  3. ) Que en primer lugar, la parte recurrente sostuvo que el auto cuestionado resultaba equiparable a una sentencia de carácter definitivo en los términos del art.457 C.P.P.N, ya que por sus efectos, era susceptible de provocar un perjuicio de imposible reparación ulterior.

  4. ) Por otra parte, fincó sus agravios respecto a la inobservancia de las normas procesales que establecen el deber de motivar las sentencias y alegó la arbitrariedad del pronunciamiento por falta de fundamentación suficiente (arts. 123 C.P.P.N.).

    Finalmente, invocó los derechos y garantías constitucionales que consideraba afectados e hizo reserva Fecha de firma: 29/09/2016 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: A.G.M. , SECRETARIA #28765305#163396075#20160930102542443 del caso federal (arts.1, 18 y 33 C.N.; art. 8.2 C.A.D.H.; arts. 14.3 y 14.5 PDCYP; art. 14 Ley 48 ).

  5. ) L., corresponde señalar que el objeto de la presente queja se encuentra dado por la impugnación de la resolución de la Sala II de la Cámara Criminal y Correccional Federal que confirmó el pronunciamiento de grado y rechazó el planteo de nulidad articulado por la defensa de Ye Wangfang, en relación al allanamiento ordenado en el marco de la causa 1264/2014 “N.N. s/ Medidas Cautelares”, del registro del Juzgado en lo Penal Económico Nº 3, expediente que dio origen a la denuncia promovida en los autos principales de esta incidencia.

  6. ) Así pues, en la medida en...

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