Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA DE FERIA, 26 de Enero de 2017, expediente FSM 033201/2016/28/RH002

Fecha de Resolución26 de Enero de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA DE FERIA

Cámara Federal de Casación Penal Sala de Feria CFCP Causa Nº FSM 33201/2016/28/RH2 “ROJAS LAUTARO s/recurso de casación”

Registro nro.: 117/17 Buenos Aires, 26 de enero de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

  1. ) Que la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, provincia de Buenos Aires, en el expediente N.. FSM 33201/2016/1/2 (7636) de su Registro, con fecha 16 de diciembre de 2016, confirmó la resolución del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 2 de S.M., que el día 24 de octubre de 2016 no hizo lugar al pedido de externación solicitado en favor de L.M.R. (fs.

    5/9 vta.) –a quien se le imputa, en la presente causa, el delito de secuestro extorsivo agravado por haber logrado su propósito de sacar rescate, por la participación de tres o más personas y por haber sido cometido con violencia o intimidación contra las personas mediante el empleo de armas de fuego; robo calificado por el uso de arma de fuego cuya actitud para el disparo no pudiera tenerse por acreditada y por haber sido cometido en poblado y en banda; y asociación ilícita, todo ello en concurso real. Y por los delitos de homicidio criminis causae, homicidio simple en grado de tentativa y robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de conato en el marco de la causa nro. 2526, IPP nro. PP-15-00-036784-16/00 y 15-00-044564-16, del Juzgado de Garantías del Joven nro. 2 de San Martín–.

  2. ) Que, contra dicha decisión, la Defensora Pública Coadyuvante, doctora M.S.R., interpuso recurso de casación (fs. 10/16 vta.), el que denegado (fs. 17/18 vta.)

    motivó la presentación directa aquí a estudio (fs. 21/31).

    Y CONSIDERANDO:

    Los señores jueces doctores J.C.G. y P.R.D. dijeron:

    Que la decisión recurrida cumple con el requisito de impugnabilidad objetiva exigido por el artículo 457 del C.P.P.N., puesto que resulta equiparable a un pronunciamiento de carácter definitivo en la medida en que “…restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa y ocasiona un perjuicio que podría resultar de imposible reparación posterior […] por afectar un derecho que requiere tutela Fecha de firma: 26/01/2017 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: PEDRO R.DAVID, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1 Firmado(ante mi) por: P.N., PROSECRETARIA DE CÁMARA #29333584#170646027#20170127094049320 inmediata” (C.S.J.N., expte. E. 381. XXXII caratulado “E., J.L...

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