Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 15 de Junio de 2023, expediente FMP 061008454/2013/23/RH002
Fecha de Resolución | 15 de Junio de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I
FMP 61008454/2013/23/RH2
SAVE, M.E., y otros s/recurso de queja
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Registro Nro. 588/23
Buenos Aires, 15 de junio de 2023.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores Daniel Antonio Petrone -
Presidente-, D.G.B. y C.A.M.-.-
les-, reunidos de conformidad con lo establecido en las Acorda-
das 24/21 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y 5/21 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), para de-
cidir acerca de la admisibilidad de la queja por recurso de ca-
sación denegado interpuesta en el presente legajo n° FMP
61008454/2013/23/RH2 del registro de esta Sala I, caratulado:
SAVE, M.E. y otros s/recurso de queja
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Y CONSIDERANDO:
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Que, en fecha 7 de marzo próximo pasado, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, confirmó la decisión del juez de grado que había resuelto: “(I). NO HACER LUGAR al planteo de nulidad interpuesto por [el] Dr. M. en favor de los Sres. M.E., M.N., A.M. y M.L.S., por cuanto no se encuentra afectado el debido proceso legal, garantía constitucional de defensa en juicio,
ni se desprende de las piezas procesales atacadas un proceder ilegítimo, ilegal y/o irrazonable que habilite a descalificar los requerimientos de elevación a juicio parcial con la san-
ción de nulidad (arts. 139, 166, 168, 347 C.P.P.N., art. 18
C.N.)” –el destacado y las mayúsculas corresponden al origi-
nal-.
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Que, contra aquel pronunciamiento, la defensa particular de M.E.S., M.N.S., M.L.S. y A.M.S. interpuso recurso de casación,
Fecha de firma: 15/06/2023
Alta en sistema: 16/06/2023
Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA
Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I
FMP 61008454/2013/23/RH2
SAVE, M.E., y otros s/recurso de queja
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cuya denegatoria motivó la presentación directa ante esta ins-
tancia.
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Que, con relación a la vía directa interpuesta,
es necesario señalar que la parte recurrente no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admi-
sibilidad señalado por la cámara de anterior intervención como objeción al recurso de casación intentado.
En efecto, la decisión cuestionada no reviste la ca-
lidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella por sus efectos, y tampoco se trata de alguno de los autos contenidos en el art. 457 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN).
Asimismo, tiene dicho el alto Tribunal que las deci-
siones que admiten o deniegan nulidades, por regla, no consti-
tuyen pronunciamientos definitivos y que en esta materia prima un criterio de interpretación restrictiva (Fallos: 328:1874,
entre otros).
Por lo demás, las discrepancias valorativas expuestas por la parte recurrente, más allá de demostrar que no se com-
parten los fundamentos brindados por el tribunal de la anterior instancia, no configuran un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad (Fallos: 306:362 y 314:451, entre muchos otros), en los graves defectos del pronunciamiento (Fallos:
314:791, 321:1328 y 322:1605), o en alguna cuestión federal,
supuestos que permitirían habilitar...
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