Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 21 de Noviembre de 2023, expediente CFP 009460/2017/TO01/2/RH001
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
CFCP - SALA I
CFP 9460/2017/TO1/2/RH1
ALMEIDA SANTOS, E. s/
recurso de queja
Cámara Federal de Casación Penal Registro N° 1389/23
Buenos Aires, 21 de noviembre de 2023.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores Diego G.
Barroetaveña -Presidente-, D.A.P. y Carlos A.
Mahiques -Vocales-, reunidos de conformidad con lo dispuesto en las Acordadas 24/21 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y 5/21 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), para decidir acerca de la admisibilidad de la queja por recurso de casación denegado interpuesta en el presente legajo nº CFP 9460/2017/TO1/2/RH1 caratulado: “ALMEIDA
SANTOS, E. s/recurso de queja” del registro de esta Sala I.
Y CONSIDERANDO:
Los señores jueces D.A.P. y C.A.M. dijeron:
I.Q., en fecha 14 de julio próximo pasado, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7 de esta Ciudad resolvió: “(I).- REVOCAR LA SUSPENSIÓN DE JUICIO A PRUEBA
CONCEDIDA a favor de E.A.S., con fecha 23 de agosto de 2022 (artículo 515 del CPPN).
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DECLARAR REBELDE
a E.A. SANTOS [...] y paralizar su trámite, hasta tanto el nombrado se presente o sea habido (arts. 288 y 289
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ORDENAR a la Policía Federal Argentina la CAPTURA de ERIC ALMEIDA SANTOS
(art. 289 del Código Procesal Penal de la Nación)” (el destacado y las mayúsculas pertenecen al original).
-
Que, contra aquel pronunciamiento, la defensa pública oficial de E.A.S. interpuso recurso de casación, cuya denegatoria motivó la presentación directa ante esta instancia.
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Que si bien la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido en reiteradas oportunidades que la circunstancia de que el recurrente se encuentre prófugo obsta a la procedencia del recurso (Fallos: 314:1751; 339:1204;
338:1442) y, asimismo, que el imputado que voluntariamente se sustrae a la jurisdicción de sus jueces constituyéndose en fugitivo de la justicia que reclama su presencia, carece de derecho para impetrar el resguardo de garantías ante la Fecha de firma: 21/11/2023
Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA 1
autoridad que él ha desconocido, y el cumplimiento de preceptos cuya observancia elude, impidiendo por su acto propio su puntual satisfacción (Fallos: 310:2093), lo cierto es que, en este caso, en el recurso...
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