Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 30 de Mayo de 2022, expediente FSM 004132/2021/2/RH001
Fecha de Resolución | 30 de Mayo de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I
FSM 4132/2021/2/RH1
RODRÍGUEZ, G.A. s/recurso de queja
Registro Nro. 606/2022
Buenos Aires, 30 de mayo de 2022.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores Diego G.
Barroetaveña -Presidente-, D.A.P. y A.M.F.-.-, reunidos de conformidad con lo dispuesto en las Acordadas 24/21 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y 5/21 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), para decidir acerca de la admisibilidad de la queja por recurso de casación denegado interpuesta en el presente legajo nº FSM 4132/2021/2/RH1
del registro de esta Sala I, caratulado: “RODRÍGUEZ,
G.A. s/recurso de queja”.
Y CONSIDERANDO:
Los señores jueces D.G.B. y D.A.P. dijeron:
-
Que, en fecha 31 de marzo de 2022, la Sala I
de la Cámara Federal de Apelaciones de S.M. confirmó
la decisión del juez de grado que no hizo lugar a la excepción de falta de acción por atipicidad.
-
Que, contra esa decisión, la defensa particular de G.A.R. interpuso recurso de casación, cuya denegatoria motivó la presentación directa ante esta instancia.
-
Que la parte recurrente no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que señaló la cámara de apelaciones como objeción al recurso de casación presentado.
En efecto, la decisión impugnada no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella por Fecha de firma: 30/05/2022
sus efectos, y tampoco se trata de alguno de los autos Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I
FSM 4132/2021/2/RH1
RODRÍGUEZ, G.A. s/recurso de queja
contenidos en el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación -CPPN-.
En ese sentido, tiene dicho la CSJN que no constituyen pronunciamientos definitivos las decisiones cuya consecuencia sea la obligación del imputado de continuar sometido a proceso criminal, ya que no ponen fin al pleito ni ocasionan un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior (Fallos: 248:661, 296:552,
305:1344; 310:1486 y 311:252, entre otros).
A lo expuesto, cabe agregar que han recaído pronunciamientos concordantes del juez instructor y de la cámara respectiva, sin que se observe -ni el...
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