Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 2 de Junio de 2021, expediente FMZ 014509/2015/2/RH001

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Cámara Federal de Casación Penal Sala III

Causa Nº FMZ 14509/2015/2/RH1

N.M., J.M. y otro s/recurso de queja

Registro nro.: 862/2021

Buenos Aires, 2 de junio de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

Que la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, confirmó el sobreseimiento de J.M.N.M. y T.R.A. por la presunta comisión del delito de encubrimiento de contrabando de mercadería por un valor en plaza de $234.628,72, por aplicación retroactiva de la ley 27.430 (B.O. el 29 de diciembre de 2017) que en su artículo 250 elevó el monto previsto en el art. 947 del Código Aduanero a $500.000.

Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público F. dedujo recurso de casación, cuyo rechazo motivó

la queja en estudio.

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces doctores L.E.C. y J.C.G. dijeron:

Que si bien el recurso de queja a estudio ha sido interpuesto contra una resolución de las contenidas en el art.

457 del C.P.P.N., la impugnación deducida por el representante del Ministerio Público F. se ha limitado a cuestionar una fundamentación que no comparte sin lograr controvertir adecuadamente el criterio esgrimido en el fallo impugnado, el cual siguió la línea jurisprudencial trazada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re “PALERO” (Fallos:

330:4544) y más recientemente in re “S., D. s/recurso de casación” (S. 765. XLVIII, rta. el 18/2/2014), que si bien se Fecha de firma: 02/06/2021

Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA 1

Firmado por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

refieren a la ley penal tributaria son aplicables al caso por resultar sustancialmente análogos los supuestos.

Dicha doctrina, referente a la modificación de un elemento del delito, fue asumida en los autos “Z., V. y otros s/recurso de casación”, causa nº 15.971, reg. nº

1376/12, rta. el 28 de septiembre de 2012 de esta Sala III;

G., M.N. s/recurso de casación”, reg. nº 705/18,

del 18 de junio de 2018, de la Sala IV; “B., M.J. s/ recurso de casación”; causa nº 17.001, reg. nº 20.732,

del 13 de marzo de 2013 de la Sala I; y “M., M. y otros s/recurso de casación”, reg. nº 30/2013, del 15 de febrero de 2013 de la Sala II de esta Cámara Federal, entre muchos otros.

Tampoco el recurrente ha aportado argumentos novedosos que permitan un nuevo examen de la cuestión traída a estudio de este Tribunal.

Por ello, corresponde declarar inadmisible el...

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