Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 10 de Agosto de 2022, expediente FCT 003084/2016/TO01/179/RH016
Fecha de Resolución | 10 de Agosto de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3 |
Cámara Federal de Casación Penal Sala III
Causa Nº FCT
3084/2016/TO1/179/RH16
A., R. y otros s/recurso de queja
Registro nro.: 1056/22
Buenos Aires, 10 de agosto de 2022.
AUTOS Y VISTOS:
Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes,
dispuso -en lo que aquí respecta-: “…5º) ABSOLVER a RICARDO
AGUIRRE, DNI Nº 11.417.857, ya filiado en autos, de los delitos por los que fuera requerido, sin costas (Arts. 3, 401
530, 531 y 533 CPPN), 6º) ABSOLVER a MARIA CLELIA RAMONA
ESPADA, DNI Nº 10.855.722, ya filiada en autos, de los delitos por los que fuera requerido, sin costas (Arts. 3, 401 530, 531
y 533 CPPN), 7º) ABSOLVER a R.G.A., DNI Nº
28.244.608, ya filiado en autos, de los delitos por los que fuera requerido, sin costas (Arts. 3, 401 530, 531 y 533 CPPN)
…”.
Contra esa decisión la querella (UIF) dedujo recurso de casación, cuya inadmisibilidad motivó la presentación directa en estudio.
Y CONSIDERANDO:
En atención a la índole de los agravios invocados, que se han encauzado en los motivos previstos en el art. 456 del C.P.P.N., en las condiciones del artículo 463 del rito,
corresponde hacer lugar a la queja.
En virtud de las consideraciones vertidas, el Tribunal,
RESUELVE:
HACER LUGAR A LA QUEJA interpuesta por la querella (UIF),
CONCEDER el recurso de casación articulado contra la decisión cuestionada, sin costas (art. 478, 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación).
Regístrese, notifíquese, hágase saber al Centro de Información Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Fecha de firma: 10/08/2022
Alta en sistema: 11/08/2022
Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION 1
Firmado por: P.A.I., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Nación (Acordada CSJN nº 5/2019) y acumúlese la presente a la causa FCT 3084/2016/TO1/171.
Sirva la presente de atenta nota de envío.
Fecha de firma: 10/08/2022
Alta en sistema: 11/08/2022
Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
2
Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION
Firmado por...
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