Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 28 de Julio de 2020, expediente CFP 006089/2016/17/RH004

Fecha de Resolución28 de Julio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III

Causa Nº CFP 6089/2016/17/RH4

Cámara Federal de Casación Penal “L., C.A. s/recurso de queja”

Registro nro.:

Buenos Aires, 28 de julio de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de La Plata, confirmó el procesamiento sin prisión preventiva de C.A.L., por considerarlo prima facie coautor penalmente responsable del delito de defraudación en perjuicio de la administración pública, en concurso ideal con el de uso de documento privado adulterado (arts. 54,174, inc. 5º y 296 del en función del art. 292 del Código Penal; 306, 308, 310 y conc. del C.P.P.N.).

Contra esa decisión, la defensa particular de C.A.L. interpuso recurso de casación, cuyo rechazo motivó la presentación directa en estudio.

Y CONSIDERANDO:

Que la parte recurrente no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que le señalara el a quo como objeción al recurso que intentó.

En efecto, el ordenamiento procesal establece una limitación objetiva para la procedencia del recurso casatorio que, en lo sustancial, exige que se trate de hipótesis que revistan la calidad de sentencia definitiva o equivalente,

entre las que no se encuentran, por vía de principio, la aquí

cuestionada (vid. S.I.. "in re" "M., R.s.. de queja", reg. 40 del 13-10-93; "Cerboni, A.D. y F., C.A.s.. de queja", reg. 52 del 19-11-93;

Furlone, E.M.s.. de queja

, reg. 425 del 9-09-

99, entre muchas otras).

Tampoco la asistencia técnica ha logrado acreditar fundadamente la existencia de una cuestión federal de entidad suficiente, ni la concurrencia de alguna circunstancia que imponga la habilitación de la competencia de esta Cámara Fecha de firma: 28/07/2020

Alta en sistema: 29/07/2020

Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION

Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

Federal de Casación Penal como tribunal intermedio, conforme las pautas sentadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Di Nunzio” (Fallos: 328:1108).

Además, habremos de señalar que la garantía a la doble instancia se halla satisfecha en tanto han recaído pronunciamientos concordantes del juez instructor y de la cámara respectiva.

Por...

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