Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 14 de Julio de 2017, expediente CFP 004943/2016/13/RH002

Fecha de Resolución14 de Julio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Sala I – CFCP Cámara Federal de Casación Penal Causa nº CFP 4943/2016/13/RH2 Buenos Aires, 14 de julio de 2017. Registro nº: 967/17 AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Que la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal por mayoría, confirmó la decisión del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº

10 de la Capital Federal en cuanto declinó su competencia en favor del Juzgado Nacional en lo Penal Económico nº 11.

Contra esa decisión el señor F. General de la instancia anterior y el representante de la Administración Federal de Ingresos Públicos interpusieron recursos de casación, sus rechazos –por mayoría-, originaron las presentaciones directas en estudio.

En atención a que los agravios invocados por los presentantes han sido encauzados en el artículo 456 del Código Procesal Penal de la Nación, en las condiciones del artículo 463 del mismo texto legal, habrá de declararse la admisibilidad formal de las vías de hecho intentadas.

En consecuencia, el Tribunal

RESUELVE:

HACER LUGAR A LAS QUEJAS planteadas por el señor F. General de la instancia anterior y el representante de la Administración Federal de Ingresos Públicos y por lo tanto, CONCEDER LOS RECURSOS DE CASACIÓN (art. 478 del Código Procesal Penal de la Nación).

R., comuníquese a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Acordada de la CSJN nº 42/15).

S. mediante oficio electrónico al tribunal de procedencia la remisión del incidente de/// ///incompetencia.

Remítase a la Secretaria General de la Cámara Fecha de firma: 14/07/2017 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL...

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