Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 31 de Agosto de 2023, expediente CFP 002262/2020/TO01/11/RH001

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

CFP 2262/2020/TO1/11/RH1

REGISTRO N° 1176/23.4

Buenos Aires, 31 de agosto de 2023.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal por los doctores G.M.H.–.-, J.C. y M.H.B., para resolver en la presente causa CFP

2262/2020/TO1/11/RH1 caratulada “GODOY, C.R. /Recurso de queja”.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 7, con fecha 12 de junio de 2023, en lo que aquí interesa, resolvió: “PRORROGAR, por el término de tres meses o hasta que finalice el juicio que se está llevando a cabo, lo que ocurra primero,

    desde el próximo 30 de julio, la prisión preventiva del imputado C.R.G. (arts. 1° de la ley 24.390, 319 del CPPN y 210, 220, 221 y 222 del CPPF).”

  2. Que contra dicha resolución la defensa oficial asistiendo a C.R.G. interpuso recurso de casación, el que, denegado por el a quo,

    motivó la presentación directa ante esta instancia.

    Los señores jueces doctores J.C. y M.H.B. dijeron:

    Que la decisión recurrida cumple con el requisito de impugnabilidad objetiva exigido por el artículo 457 del C.P.P.N., puesto que resulta equiparable a un pronunciamiento de carácter Fecha de firma: 31/08/2023

    Alta en sistema: 01/09/2023

    Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.C.M.L., PROSECRETARIA DE CAMARA

    definitivo en la medida en que “(…) restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa y ocasiona un perjuicio que podría resultar de imposible reparación posterior (…) por afectar un derecho que requiere tutela inmediata”

    (C.S.J.N., expte. E. 381. XXXII caratulado “E.,

    J.L. s/ solicitud de excarcelación -causa Nro.

    33.769- y sus citas, rta. el 3/10/1997; entre muchos otros).

    Sin embargo, dicha condición no basta puesto que, para que esta Cámara intervenga como “tribunal intermedio” de conformidad con la doctrina sentada por el más Alto Tribunal en Fallos 328:1108

    (“Di Nunzio”, rta. el 3/5/05), debe encontrarse además debidamente fundada una cuestión de índole federal, ya que la actividad impugnativa tiene un límite y ante esta instancia, ese límite en casos como el de autos, solo puede ser superado por la debida fundamentación de un agravio de carácter federal.

    En efecto, los magistrados de la instancia anterior recordaron que: “En ese derrotero, en concordancia con lo expuesto por el Sr. Fiscal Adjunto, entiendo que persisten elementos suficientes que justifican una nueva prórroga de la prisión preventiva del encartado CRISTIAN RAMÓN

    GODOY. En este sentido, además de las circunstancias enumeradas más arriba, ponderadas oportunamente por el juzgado instructor, la alzada y por este Tribunal, debe subrayarse que en el marco de esta causa y su conexa -N° 4792/2017 (interno N° 221), el Fecha de firma: 31/08/2023

    Alta en sistema: 01/09/2023

    Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.C.M.L., PROSECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

    CFP 2262/2020/TO1/11/RH1

    debate oral y público ha comenzado el día de 10 de julio ppdo. y continuará todos los lunes -hábiles-

    subsiguientes hasta su finalización. De tal modo,

    aquellas razones que dieron lugar al mantenimiento de la prisión preventiva de G. para asegurar la realización del proceso, se ven robustecidas actualmente con la iniciación del juicio, pues existe mayor necesidad de asegurar su presencia para no frustrar la realización del debate –propósito que la ley procesal prevé con especial consideración dentro de las prescripciones del art. 366 del CPPN.”

    Asimismo, remarcaron que: “De tal suerte,

    el delicado equilibrio que exige ponderar tanto la situación jurídica de inocencia establecida en el artículo 18 de la Constitución Nacional como el interés social de que los fines del proceso penal no se frustren para posibilitar la realización de la ley, me conducen a proponer al acuerdo prorrogar la medida restrictiva de la libertad que pesa sobre C.R.G., por el término de tres meses o hasta que finalice el juicio, lo que ocurra primero,

    a partir del día 30 de julio del corriente año, a fin de asegurar su continuación y la resolución definitiva del trámite de la presente causa y el de su conexa N° 4792/2017 -interno N° 221-.Finalmente,

    también debe tenerse presente que -según se ha certificado por Secretaría- Godoy presenta una condena firme del Tribunal Oral en lo Criminal de Formosa del pasado 21 de septiembre de 2021, en la cual se le impuso la pena de tres años de prisión de ejecución en suspenso, como autor del delito de uso Fecha de firma: 31/08/2023

    Alta en sistema:...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR