Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 15 de Noviembre de 2017, expediente CFP 010451/2014/11/RH003

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III Causa Nº CFP 10451/2014/11/RH3 “Ficcadenti, S. y Cámara Federal de Casación Penal otros s/recurso de queja”

Registro nº 1401/2017 Buenos Aires, 15 de noviembre de 2017.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

La decisión recurrida que confirmó el rechazo del planteo de nulidad del requerimiento de instrucción del Fiscal, por falta de descripción de los hechos endilgados, que formuló

la defensa de S.L.F., F.F. y E.F., no encuadra en ninguno de los supuestos del art. 457 del C.P.P.N., de lo que deviene la inadmisibilidad del recurso de casación y de la queja por su denegatoria, en estudio.

En análogo sentido, tiene dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación que las resoluciones que deciden la admisión o rechazo de nulidades procesales carecen, como regla, del carácter definitivo a los fines del recurso extraordinario federal (Fallos 298:411,316:2597; 326:4944 y 328:3271).

De modo que el límite apuntado en el primer considerando tampoco puede ser superado con arreglo a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “Di Nunzio”

(Fallos 328:1108) pues de dicho pronunciamiento no puede extraerse otra consecuencia que la de que esta Cámara Federal de Casación Penal deberá conocer -como órgano judicial intermedio en el sentido de la doctrina de Fallos: 318:514 y 319:585- de las cuestiones federales resueltas por sentencias definitivas o resoluciones equiparables a estas últimas, así sean las que parangona la ley -art. 457 del C.P.P.N.- o la jurisprudencia del Alto Tribunal.

Por ello, el Tribunal,

RESUELVE:

DECLARAR INADMISIBLE la queja por recurso de casación denegado deducida por la defensa, con costas (artículo 478 del Código Procesal Penal de la Nación).

R., hágase saber, comuníquese a la Secretaría de...

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