Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 21 de Abril de 2023, expediente FLP 006218/2021/1/RH001

Fecha de Resolución21 de Abril de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II

La Plata, 21 de abril de 2023.

Y VISTO: este incidente de queja Nº6218/2021/1/RH1, en la causa caratulada “ZUCCARELLI, G. c/ Aerolíneas Argentinas s/ Ley de Defensa del Consumidor,

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. Por resolución del 01/02/22, el a quo rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Dr. Gonzalo

  2. Esses,

    en representación de Aerolíneas Argentinas SA, contra la resolución del 30/09/21 que rechazó la excepción de incompetencia por él interpuesta y confirmó la competencia del Juzgado Federal N° 4 a su cargo para entender en las presentes actuaciones.

  3. En forma preliminar, cabe señalar que, según las constancias digitales incorporadas al Lex 100 en la presente queja y en el expediente principal, surge que, la accionada Aerolíneas Argentinas al contestar la demanda interpuesta,

    planteó excepción de incompetencia, solicitando que las presentes actuaciones tramitaran ante la Justicia Civil y Comercial Federal de la Ciudad de Buenos Aires.

    Contestado el pertinente traslado por la actora y emitido el correspondiente dictamen fiscal, el juez resolvió rechazar la excepción de incompetencia y confirmar la competencia del Juzgado Federal N°4 a su cargo.

    Contra dicha resolución, con fecha 14/10/21, el apoderado de la aerolínea demandada, interpuso recurso de apelación en los términos del art. 242 del CPCCN, por causarle a su representada un gravamen irreparable.

    El magistrado concedió ese recurso con fecha 19/10/21

    pero luego, frente a una reposición planteada por la parte actora, se declaró inapelable la resolución atacada en función Fecha de firma: 21/04/2023

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: I.E.S., SECRETARIO DE CAMARA

    del art. 498 del CPCCN, dejando sin efecto el auto de concesión.

    Contra dicha denegatoria, Aerolíneas Argentinas SA

    interpuso el recurso de queja que ahora se trata. Sus agravios tendieron a sostener que la decisión recurrida, si bien no reviste el carácter de sentencia definitiva, debe equipararse a tal, toda vez que la determinación del fuero federal de la ciudad de La P. le causa un gravamen irreparable.

  4. Sentado ello, se advierte que el proceso tramitó

    bajo las normas del juicio sumarísimo contemplado en el art.

    498 del CPCC, revistiendo el recurso de apelación carácter restringido.

    En efecto, el citado artículo en su...

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