Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 11 de Abril de 2023, expediente FCB 006826/2020/1/RH001

Fecha de Resolución11 de Abril de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

FCB 6826/2020/1/RH1

LIZONDO, E.A. s/recurso de queja

.

Registro Nro. 262/23

Buenos Aires, 11 de abril de 2023.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores D.A.P.-.-, D.G.B. y C.A.M.-.-, reunidos de conformidad con lo establecido en las Acordadas 24/21 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y 5/21 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP),

para decidir acerca de la admisibilidad de la queja por recurso de casación denegado interpuesta en el presente legajo n° FCB

6826/2020/1/RH1 del registro de esta Sala I, caratulado:

LIZONDO, E.A. s/recurso de queja

.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, en fecha 29 de noviembre de 2022, la Sala B

    de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, resolvió:

    (I).- CONFIRMAR [la] resolución dictada con fecha 27.6.2022

    por el señor Juez Federal Nº 2 de Córdoba en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de E.A.L. por considerarlo presunto autor responsable del hecho calificado como infracción al art. 3, segundo párrafo de la Ley 23.592, en los términos del art. 306 del CPPN

    –el destacado y las mayúsculas corresponden al original-.

  2. Que, contra aquel pronunciamiento, la defensa pública oficial de E.A.L. interpuso recurso de casación, cuya denegatoria -por mayoría- motivó la presentación directa ante esta instancia.

    Los señores jueces D.A.P. y Diego G.

    Barroetaveña dijeron:

  3. De modo liminar y en lo que refiere a la competencia de esta Cámara Federal de Casación Penal –art. 54

    Fecha de firma: 11/04/2023 del Código Procesal Penal Federal (CPPF)- resulta aplicable el Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

    FCB 6826/2020/1/RH1

    LIZONDO, E.A. s/recurso de queja

    .

    criterio sentado en la causa N° CPE 928/2019/4/RH1, “SANTANDER

    RÍO SA y CRISTOFANI, J.L.E. s/recurso de queja”

    (Reg. 1425/21 del 24/08/2021 de esta Sala I, con integración parcialmente distinta), como así también lo resuelto en el legajo judicial N° FSA 4595/2022/3, “.S., F. y otros s/queja por impugnación denegada” (Reg. 34/22 del 29/06/2022 de esta Cámara).

  4. Que, en primer lugar, la parte recurrente no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que señaló la cámara de apelaciones como objeción al recurso de casación presentado.

    En efecto, tal como señalaron las magistradas de la anterior instancia, la decisión mencionada no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella por sus efectos, y tampoco se trata de alguno de los autos contenidos en el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN).

    En ese sentido, tiene dicho el alto Tribunal que no constituyen pronunciamientos definitivos las decisiones cuya consecuencia sea la obligación del imputado de continuar sometido a proceso criminal, ya que no ponen fin al pleito ni ocasionan un gravamen de imposible o...

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