Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 2 de Junio de 2021, expediente FRO 020078/2016/1/RH001

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Cámara Federal de Casación Penal Sala II

Causa Nº FRO 20078/2016/1/RH1

Organización Barbisan y otro s/

recurso de queja

Registro nro.: 833/21

Buenos Aires, 2 de junio de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

́ ́

Integrada la Sala II de la Camara Federal de Casacion ̃

Penal por los senores jueces doctores A.W.S.,

C.A.M. y G.J.Y., reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas 27/20 y ccds. de la Corte Suprema de Justicia de ́

la Nacion y 15/20 y ccds. de este cuerpo, para decidir acerca del recurso de queja en la presente causa N.. FRO

20078/2016/1/RH1 del registro de esta Sala, caratulada:

Organización Barbisan y otro s/ recurso de queja".

Y CONSIDERANDO:

̃

Los senores jueces doctores A.W.S. y G.J.Y. dijeron:

1°) Que la Sala “A” de la ́

Camara Federal de ́

Apelaciones de Córdoba “CONFIRMAR la resolucion dictada con fecha 6 de febrero de 2020, por el Juez Federal de Villa ́

Maria, en cuanto dispuso sobreseer a Alceo Antonio Barbisan …,

́

en orden al presunto delito de evasion simple en concepto de ́

Impuesto al Valor Agregado, (Periodo fiscal 2014) por la suma ́

de pesos Un millon doscientos cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y cuatro con dieciocho centavos ($1.255.554,18) y ́

(Periodo fiscal 2015) por la suma de pesos quinientos veinticinco mil novecientos setenta y cuatro con noventa y ́

cuatro centavos ($ 525.974,94), por aplicacion de la nueva Ley ́

27.430 y en los terminos de los arts. 335 y 336, inc. 3) del Fecha de firma: 02/06/2021

Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

35543426#291070491#20210602091905817

́

C.P.P.N., con declaracion de que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado el imputado

.

Contra dicho pronunciamiento dedujo recurso de ́

casacion el representante del Ministerio Público Fiscal, cuyo rechazo motivó la presentación directa en estudio.

  1. ) Que, aunque por otros motivos, el recurso de casación interpuesto resulta inadmisible, y en consecuencia habrá de confirmarse su denegatoria.

Ello pues el recurrente limita la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes con el decisorio cuya impugnación postula, todo lo cual no alcanza para desvirtuar el razonamiento que sobre el particular realizó la Cámara y cuyos fundamentos no logra rebatir.

Asimismo, el pronunciamiento atacado ha sido dictado...

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