Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 30 de Marzo de 2021, expediente FSA 052000148/2006/19/1/RH003

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

FSA 52000148/2006/19/1/RH3

Salta, 30 de marzo de 2021.

Y VISTA:

Esta causa nro. FSA

52000148/2006/19/1/RH3 caratulada: “T., E. s/

recurso de queja”, originaria del Juzgado Federal de Orán; y RESULTANDO:

1) Que se reciben estas actuaciones en virtud del recurso de queja interpuesto por la defensa de E.T. a raíz de la denegatoria de la concesión de su apelación en contra de los puntos I y III de la resolución del 21/12/20 (fs.

10818/10821 del principal) por la que se dispuso rechazar el planteo de nulidad deducido por esa parte respecto de la providencia que ordenó elevar parcialmente a juicio las actuaciones por el delito de asociación ilícita en relación a su asistido,

continuando la instrucción sobre el delito de lavado de lavado de dinero y su encubrimiento.

Sostiene que la decisión que impugnó

resulta apelable en los términos del artículo 449 del CPPN, pues ocasiona a T. un gravamen irreparable al violar el debido proceso y su defensa en juicio, porque la instrucción no se encuentra clausurada al existir un recurso aun no resuelto concedido por el mismo juez (que ingresó ante esta Alzada el 16/12/20 -legajo nro. 19-) por el que se apeló la denegatoria de la nulidad solicitada respecto de la clausura de la instrucción y de los requerimientos de elevación de la causa a juicio presentados en contra del nombrado.

Fecha de firma: 30/03/2021

Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.G.D., SECRETARIO DE CAMARA 1

Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

FSA 52000148/2006/19/1/RH3

Detalló los antecedentes que llevaron a la providencia otrora apelada, la que adujo fue producto de una indebida clausura de la instrucción, y que la elevación parcial que dispuso el juez importa dividir el hecho único e inescindible que se atribuye a T. en dos procesos distintos y en etapas procesales diferentes.

2) Que E.T. fue procesado,

con prisión preventiva (actualmente bajo la modalidad domiciliaria) el 6/11/18 por el delito de asociación ilícita en carácter de miembro, y sobreseído por el de lavado de activos y su encubrimiento.

Posteriormente, mediante resolución del 19/6/20 (en el legajo de apelación nro. 52000148/2006/14), a raíz de los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Público Fiscal, la querella (representada por la Unidad de Información Financiera) y la defensa, esta S. confirmó su imputación por el primer delito y dispuso su falta de mérito por los segundos revocando el sobreseimiento.

Reingresadas las actuaciones al Juzgado,

mediante providencia del 1/9/20 el juez ordenó la clausura de la instrucción respecto de E.T. por el delito de asociación ilícita, y dispuso correr vista al fiscal y al querellante en los términos del artículo 346 del CPPN.

El 10/11/20 la defensa formuló un planteo de nulidad respecto de la providencia del 1/9/20 y de los Fecha de firma: 30/03/2021

Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.G.D., SECRETARIO DE CAMARA 2

Firmado...

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