Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 30 de Agosto de 2019, expediente CIV 006420/2018/1/RH001

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2019
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J 6420/2018 Recurso Queja Nº 1 - DEL RICCIO, J.M. c/ ALFONSO, ANA Y OTROS s/DESALOJO POR FALTA DE PAGO Buenos Aires, 30 de agosto de 2019.- JN Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

En el caso concreto debe decirse que la existencia de menores que habitan en el inmueble cuyo desalojo se persigue no encuadra dentro del supuesto previsto por el art. 59 del Cód. Civil (actual art.

103 del CCyCN), que torna indispensable la intervención del Defensor de Menores e Incapaces, ya que tal extremo no convierte a los incapaces en parte, ni resultan de allí derechos a los bienes objeto de controversia. (Ver CNCiv., S.I. • 03/06/2014 • K., A.M. s/ art.

152 ter. C.C. • La Ley Online •AR/JUR/30417/2014; idem S. A, en autos “C., M.C.c.M., S.C. del 02/12/2005; LA LEY 21/03/2006, 5 LA LEY 2006-B , 342 •AR/JUR/7478/2005).

Es decir que la intervención de la Defensoría de Menores e Incapaces no es necesaria desde el inicio de la acción de desalojo, por cuanto quienes serían sus representados no han celebrado el contrato de locación, no revisten el carácter de actores, ni de demandados, sino que su función se endereza a verificar que los niños y adolescentes no sean privados de su derecho a una vivienda. (Ver esta S. en autos “R., M.d.C.c.P., J. s/ art. 250”, del 14/02/2014, DJ 16/07/2014 , 97 •AR/JUR/627/2014).

En efecto, en un procedimiento de desalojo que ordena el lanzamiento de un inmueble donde existen menores estos no adquieren calidad de parte, ni es razón suficiente para que intervenga por ello el Ministerio Público en esa misma calidad. El alcance de la actuación del Defensor de Menores en la hipótesis de desahucio del bien objeto del litigio en el que residen menores debe circunscribirse a Fecha de firma: 30/08/2019 Alta en sistema: 03/09/2019 Firmado por: B.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: VERON B.A., JUEZ DE CAMARA #34028656#242884771#20190902133522780 velar para que se dé estricto cumplimiento a las medidas previstas por la Resolución de la Defensoría General de la Nación N°1119/08.

(Sumario N°19462 de la Base de...

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