Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 5 de Diciembre de 2016, expediente FLP 020473/2016/1/RH001

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 20473/2016/1/RH1 8247/III La Plata, 5 de diciembre de 2016.

VISTO: este expte. FLP 20473/2016/1/RH1, “Recurso de queja en autos A., N.E.” y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

  1. De la causa principal.

    1.1 La instrucción se inició con el procedimiento de control vehicular en virtud del cual A. habría exhibido cédula de identificación falsa del motovehículo y cuyos números originales de motor y cuadro se encontrarían adulterados (fs. 1/2).

    Luego de que se le corriera la vista que prevé el artículo 180 del Código Procesal Penal, el fiscal requirió la instrucción de la causa (fs.

    37/38).

    1.2. Ordenadas ciertas medidas investigativas, con fecha 8 de agosto de este año, el juez a cargo del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal nro. 2 de Lomas de Z., delegó la instrucción de la causa en los términos del artículo 196 del Código Procesal Penal de la Nación (fs. 41).

    Contra esa decisión el fiscal interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio.

    El magistrado denegó ambos remedios (fs. 42/44 y 45/47).

  2. De la queja.

    El señor fiscal consideró que la decisión le causó un gravamen irreparable porque fue dictada luego de que el juez perdiera la facultad Fecha de firma: 05/12/2016 Firmado por: C.A.N., Firmado por: ANTONIO PACILIO, Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #28966460#168402179#20161205130920155 Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

    CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 20473/2016/1/RH1 8247/III jurisdiccional para disponer la delegación de la instrucción (fs. 2/4).

    Por otra parte, alegó que la imposibilidad de obtener una revisión de lo decidido afecta la misión del Ministerio Público Fiscal en cuanto a la promoción de la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y los intereses generales de la sociedad; la representación y defensa del interés público; el deber de velar por la observancia de la Constitución Nacional y las leyes de la República, el cumplimiento del debido proceso legal y la defensa de la jurisdicción.

    1. Tratamiento del recurso.

    La cuestión traída a debate guarda sustancial analogía con la tratada y decidida en el expediente nro. 3507 caratulado “S/Inf. Ley 24.051”, sentencia del 31/10/05. En él, así como muchos otros recaídos posteriormente, por mayoría se consideró que “(l)a decisión del juez de...

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