Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 1, 21 de Octubre de 2014, expediente CCC 710072934/2012/1/RH001

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2014
EmisorSala 1

Camara Federal de Casación Penal - Sala I - 710072934 Recurso Queja Nº 1 - s/LESIONES Cámara Federal de Casación Penal CULPOSAS (ART. 94 - 1° PARRAFO)

IMPUTADO: ZERPA , MARIO RICARDO Y OTROS s/LESIONES CULPOSAS (ART. 94 -

  1. PARRAFO) DAMNIFICADO: ETCHEMONDI, NATALIA Buenos Aires, 21 de octubre de 2014.

    AUTOS Y VISTOS:

  2. ) Que las presentes actuaciones tuvieron inicio en virtud de hecho acaecido el 10 de junio de 2012, alrededor de las 6:30 horas, en la intersección entre la Avenida Santa Fe y la calle H. de esta ciudad, cuando el automóvil marca Volkswagen New Beatle (dominio GXM172) al mando de C.G.C. chocó con su frente la parte trasera del taxi marca Chevrolet Meriva (dominio GEZ142) que manejaba C.N.J., que a su vez impactó con su parte frontal en la parte de atrás de otro taxi marca Volkswagen Suran (dominio JLD468) que conducía M.R.Z..

    A causa de dicho impacto sufrieron lesiones de carácter leve el mencionado C.N.J. y M.N.E., quien viajaba como pasajera en el mismo vehículo.

  3. ) Que con fecha 11 de julio de 2014, la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y C. resolvió, en lo que aquí interesa, confirmar la decisión del magistrado de primera instancia que había dispuesto el procesamiento sin prisión preventiva de C.G.C., en orden al hecho descripto en el punto anterior, calificado como constitutivo del delito de lesiones culposas (artículo 94 del Código Penal).

  4. ) Contra dicha decisión su defensa particular, a cargo del doctor F.L., interpuso el recurso de casación, que denegado, motivó la presentación directa aquí a estudio.

    Y CONSIDERANDO:

    El señor juez doctor J.C.G. dijo:

    1. Que efectuada la reseña de los pormenores del presente sumario, de manera preliminar habré

      de analizar la admisibilidad del recurso, la que adelanto, no tendrá favorable acogida.

      Es que como he sostenido en anteriores oportunidades, la decisión contra la cual se interpone la Fecha de firma: 21/10/2014 1 Firmado por: L.M.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION SUBROGANTE Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: A.M.F., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: L.M.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: J.R.D.A., SECRETARIO DE CAMARA presente vía -procesamiento sin prisión preventiva- no se encuentra contemplada entre aquellas resoluciones previstas en el artículo 457 del C.P.P.N., ya que no se trata de una sentencia definitiva o equiparable a tal, en tanto no pone fin a la acción, a la pena o hace imposible que continúen...

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