Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal, 3 de Marzo de 2010, expediente 12.129

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2010

2010 – Año del B.C.N.. 12.129- SALA II –

ANN s/ recurso de queja@

Cámara Nacional de Casación Penal REGISTRO NRO: 16.017

Buenos Aires, 4 de marzo de 2010.

Y VISTOS:

Para decidir respecto de la admisibilidad del recurso de queja interpuesto a fs. 20/39vta. por los representantes del Ministerio Público Fiscal en las causas en las que se investigan violaciones de los Derechos Humanos durante el terrorismo de Estado ocurridas en las Escuela Superior de Mecánica de la Armada, doctores P.O. y M.G..

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que los representantes del Ministerio Público Fiscal en las causas en las que se investigan violaciones de los Derechos Humanos durante el terrorismo de Estado ocurridas en las Escuela Superior de Mecánica de la Armada presentaron recurso de casación contra la resolución de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad donde el 26 de noviembre de 2009 decidió “Declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 3, para entender en esta causa nº 7650/08 – conexa a la causa Nº 39.426 del Registro de la Secretaría 110” (Cfr. copias en fs. 1/33).

    Por su parte, el a quo el 29 de diciembre último resolvió

    Declarar inadmisible y, consecuentemente, rechazar el recurso de casación interpuesto

    (ver copias en fs. 18vta.). Contra ello, los representantes del Ministerio Público Fiscal interpusieron el presente recurso que se encuentra aquí bajo estudio.

  2. ) Los recurrentes plantearon, en primer término, que el rechazo del a quo del recurso de casación significó un notorio apartamiento de las •1•

    normas aplicables al caso, razón por la cual la decisión puesta en crisis quebrantó el art. 123 del C.P.P.N..

    Por otra parte, sostuvieron que, a pesar de que la denegación de la justicia federal sea una de las excepciones contempladas para la admisibilidad de cuestiones de competencia, el a quo dejó de lado su jurisprudencia y la de la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación. Asimismo, agregaron que la resolución atacada ni siquiera examinó el desconocimiento del fuero federal.

    Por último señalaron que “…la negativa a concedernos el recurso de casación interpuesto, al fundarse en argumentaciones aparentes,

    contradictorias, en desconocimiento de la doctrina aplicable en oposición a los propios precedentes de la misma Sala, revelan la arbitrariedad de la decisión vulnerando, nuevamente el debido proceso y el derecho de defensa en juicio que nos asisten (art. 18 C.N.)...

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