Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 4 de Noviembre de 2016, expediente FRE 006832/2014/CA001

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

///sistencia, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil

dieciséis.

Y VISTO:

El expediente registro de Cámara Nº FRE 6832/2014/CA1

caratulado: “MEZA, V. A. S. DIRECTO –

CÓDIGO ADUANEROLEY 22.415”, que en grado de apelación proviene

del Juzgado Federal de Formosa Nº 2; del cual RESULTA:

I. Que a fs. 45/46 y 48/49 esta Alzada resuelve mediante

Sentencia Interlocutoria de fecha 4 de octubre de 2016, registrada en el Tomo

102 (Materia Penal): “… 1º) HACER LUGAR al recurso de apelación de fs.

44 y vta., REVOCANDO, en consecuencia, la resolución de fs. 35/39 vta.”, y

regular los honorarios del apelante, imponiendo las costas a la perdidosa.

Que a fs. 50/59 interponen recurso de casación en representación

de la Administración Federal de Ingresos Públicos, la Dra. Mariana S.

Argañaraz y el Dr. R., fundando su petición en los términos

de los arts. 456 incisos 1º y 2º del C.P.P.N., solicitando la elevación de los

presentes autos a dicha instancia.

II. En dicha presentación el recurrente expresa que la resolución

dictada por este Tribunal resulta arbitraria, dejando formulada la reserva del

caso federal.

En tal sentido, reseña las constancias de la causa y los aspectos

fácticos y jurídicos que motivan la interposición del recurso cuya

admisibilidad aquí se analiza.

E., reiteradamente, el argumento de que debe concederse

el recurso de casación en demandas contenciosas puesto que su eventual

denegación implicaría privar del derecho a obtener pronunciamiento de un

Fecha de firma: 04/11/2016 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L.R., SECRETARIA DE CÁMARA #23270649#165736189#20161104095436651 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

juez natural de la causa (la CNCP) y de un remedio procesal previsto en el

CPPN, aplicable en su integridad en virtud de la remisión del Código

Aduanero.

Dispuesto el pase de las actuaciones al Acuerdo a fs. 60, quedan

los presentes autos en condiciones de resolver.

III. En primer término, debe señalarse que es facultad de este

Tribunal efectuar una primera revisión del recurso en cuanto a las condiciones

formales previstas por la normativa legal, sin perjuicio de avanzar sobre otros

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR