RECONQUISTA ($ 200 514061 Feb. 5 Feb. 7)

Fecha07 Febrero 2024
Número de registro514061
EmisorRECONQUISTA

Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 4, en lo Civil y Comercial de Reconquista (SF), en autos: CREDIAR S.A. c/GALLARDO, LISANDRO s/Ejecutivo (Expte. n° 773/2016), se le hace saber al Sr. Lisandro Gallardo, DNI N° 24.747.766, cuyo domicilio se desconoce, que se ha dictado el siguiente proveído: “Reconquista, 29 de Mayo de 2023 ... . Se aprueba la liquidación precedente en la suma de $31.091,30 en cuanto por derecho corresponda. Tomando en consideración la labor desarrollada por los curiales interviniente en la causa y el éxito obtenido (arts. 1, 2, 4, 6, 7, inc. 2, sub inc. b), 12, inc. 7), subinc. b), 32 de la Ley 12851 ss y aplicables; y Art. 1.255 del CCyC) REGULO: los honorarios profesionales correspondiente a la representación letrada de la parte ACTORA Dr. MARCOS GABRIEL PERALTA Y EMILIANO JOSE PERALTA, en forma conjunta y proporción de ley, en 1 Unidad Jus que al momento de ésta regulación asciende a la suma de $20.747,45. En razón de la situación fiscal del profesional Marcos Gabriel Peralta sus honorarios llevarán IVA. Asimismo, y de conformidad a lo dispuesto por el art. 32 de la Ley 12.851, y lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (“Municipalidad de Santa Fe c/Bergagna, Edgardo s/Recuso de Inconstitucionalidad de fecha 01/08/2017, CUIJ 21-005081596”) el valor de la unidad jus regulada, quedará fijado definitivamente al momento de adquirir firmeza la presente regulación, no pudiendo actualizarse dicho valor a otro momento. El monto así fijado en pesos, se actualizará desde la mora conforme la tasa activa del B.N.A con más el 1% mensual conforme Acta Acuerdo...

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