Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 28 de Octubre de 2021, expediente CNT 042304/2019/CA001

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

42304/2019

RAMOS PAGANINI, V. c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE

HACIENDA s/EMPLEO PUBLICO

Buenos Aires, de octubre de 2021.-

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por parte actora, de manera subsidiaria al de reposición, el 1° de diciembre de 2020, contra la providencia dictada ese mismo día;

Y CONSIDERANDO:

  1. Que la Sra. V.R.P., en su carácter de conviviente del Sr. M.A.S., ex empleado del Ministerio de Hacienda de la Nación, inició demanda contra el aludido Ministerio con el objeto de obtener una declaración judicial en la que se le reconociera su calidad de derechohabiente, a los fines de acceder al cobro de las cuotas pendientes de pago, relativas al retiro voluntario del que el Sr. S. era beneficiario; ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 53 de la ley 24.241 y el artículo 20 de la Resolución N° 213/2018.

    De manera accesoria, solicitó el dictado de una medida cautelar a fin de que se ordenara a la parte demandada que se abstuviera de efectuar el pago de aquellas cuotas a la hermana de Sr. S., quien también se había presentado en sede de la demandada, al mismo efecto,

    por derecho propio y en representación de la madre de ambos, hasta tanto se resolviera el presente proceso; y que, dicha medida, se notificara en el expediente administrativo N° 59859490/2018, de trámite ante el Ministerio de Hacienda.

  2. Que por la providencia del 1° de diciembre de 2020, el Juez a quo dispuso respecto de la medida cautelar que: “… previo a todo trámite,

    acredite haberse presentado la actora ante el Juez a cargo del juicio sucesorio, a fin de denunciar el inicio del trámite en sede administrativa y la circunstancia de que ahora aquél se encuentra judicializado en este Fuero”.

    Fecha de firma: 28/10/2021

    Alta en sistema: 29/10/2021

    Firmado por: A.L.P., PROSECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

  3. Que, contra esa providencia, la parte actora interpuso recurso de revocatoria, junto con el de apelación en subsidio, ese mismo día. El primero de ellos fue rechazado por el magistrado, pero se concedió la apelación el 2 de marzo de 2021.

    En su presentación, de manera preliminar, afirmó que los herederos del Sr. M.A.S. no habían iniciado el juicio sucesorio. En cuanto a su legitimación, reiteró que ella no era heredera de su ex conviviente, motivo por el cual, destacó, que...

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