Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 19 de Octubre de 2018, expediente FSA 031000432/2008/CA001

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIAPREVISIONAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “RAMOS MARGARITA C/ ANSES S/

APELA RESOLUCION” Expte. N°

31000432/2008 (Juzgado Federal N° 1 de Jujuy)

Salta, 19 de octubre de 2018.-

VISTO

Y CONSIDERANDO:

1) Que vienen las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación en subsidio deducido por la demandada a fs. 254/258 en contra del proveído de fecha 08/08/2018 por el que el Juez de grado aprobó la planilla de liquidación presentada por la parte actora por la suma de $ 58.230,82 en concepto de capital, con más $129.302,71 en concepto de intereses al 30/04/2018 y ordenó embargo ejecutorio sobre la cuenta bancaria de la ANSES por la suma de $187.533,53 (fs. 252/253).

2) La apoderada de la ANSeS se agravió de lo resuelto advirtiendo que la liquidación aprobada no se adecúa a las pautas de la sentencia.

Denuncia que la planilla solo abarca diferencias a favor hasta el mes 06/2009, ya que a partir del período 07/2009 su parte empezó a liquidar el coeficiente de variación salarial docente por resolución 14/2009 pagando retroactivos al mes de 03/2009, situación que no se ve reflejada en la planilla aprobada en autos. Indicó que con posterioridad al 07/09 las sumas percibidas por la actora superan el 82% de sentencia, con lo cual surgirían sumas a favor del organismo.

Manifiesta que las planillas de salario en actividad acompañadas por la actora se refieren a un cargo que su parte desconoce: Directora, jornada simple con 20% de zona desfavorable; cuando la actora se jubiló en base al Fecha de firma: 19/10/2018 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.S., SECRETARIA Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA #4202903#218413663#20181019123240241 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta cargo Directora elemental con 20% de zona desfavorable. Asimismo, manifiesta que dichas planillas carecen de firma de autoridad competente.

Cuestiona el embargo decretado y la falta de los descuentos destinados a obra social y al impuesto a las ganancias. Hace reserva de caso federal (fs.

254/258).

Corrido el traslado de ley, la parte actora solicitó su rechazo conforme a los argumentos allí expuestos (fs. 261/263).

3) Que conforme surge de los antecedentes, con fecha 30 de agosto de 2011, el Juez Federal n°1 de la ciudad de Jujuy ordenó el reajuste del haber del Sra. Ramos M. conforme lo dispuesto en la ley 4.042 (fs.

107/111), pauta de movilidad que fuera confirmada por la Sala I de la Cámara Federal de Seguridad Social al decidir la inclusión de la actora en el régimen dispuesto por la ley 24.016 (fs. 144/145).

Vencido el término dispuesto por el art. 22 de la ley 24.463 y atente el incumplimiento de la demandada, la actora acompañó liquidación por la suma de $187.533,53 por el período 18/07/2006 al 30/04/2018 con intereses calculados al 30/04/2018 (fs. 214/231).

Sustanciado el trámite con la contraria, el J. rechazó las observaciones formuladas por la accionada a fs. 233, aprobando la planilla presentada por la parte actora y ordenando el embargo sobre la cuenta bancaria de la ANSeS (fs. 252/253).

4) Que visto el recurso deducido por la demandada, este Tribunal entiende que:

  1. El primer agravio vinculado con el corte de la liquidación de la actora en el mensual 06/2009 y la pretensión subyacente de que se complete el cálculo de diferencias a partir del mensual 07/2009 hasta la fecha de Fecha de firma: 19/10/2018 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE...

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