Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 2 de Mayo de 2022, expediente FPA 008939/2019/CA001

Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 8939/2019/CA1

En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los dos días del mes de mayo del año dos mil veintidós, constituido el Tribunal con sus miembros:

Presidente, Dra. B.E.A. y Jueces de Cámara, D.. M.J.B. y C.G.G.,

a fin de tratar el expediente caratulado: “RAIMONDI,

A.L. CONTRA GENDARMERIA NACIONAL SOBRE DIFERENCIAS

SALARIALES”, Expte. N° FPA 8939/2019/CA1, proveniente del Juzgado Federal N° 2 de Paraná, en virtud del recurso de apelación deducido contra la resolución de primera instancia, se someten a estudio las siguientes cuestiones:

A LA PRIMERA DE LAS CUESTIONES PLANTEADAS, LA SRA.

JUEZA DE CÁMARA, DRA. B.E.A., DIJO:

I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto el 15/02/2022 por la demandada contra la sentencia del 14/02/2022, por medio de la cual se rechazó la excepción de prescripción opuesta por la accionada, se hizo lugar a la acción incoada, se declaró el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos y suma fija previstos en el Dec. 1307/2012 y se condenó a la demandada a incluirlos en los haberes del actor, según corresponda debiendo abonar las diferencias retroactivas resultantes a partir de la fecha de su dictado y por los períodos no prescriptos.

Dispuso la aplicación de la tasa pasiva de interés y que la planilla de liquidación sea practicada por el organismo liquidador de la Fuerza demandada. Impuso las costas a la demandada, difirió la regulación de honorarios y tuvo presente la reserva del caso federal efectuada.

Fecha de firma: 02/05/2022

Alta en sistema: 03/05/2022

Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA

Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

El recurso se concede en fecha 16/02/2022, expresa agravios la accionada en fecha 23/02/2022, contesta el accionante el 16/03/2022 y quedan los presentes en estado de resolver en fecha 08/04/2022.

II-

  1. Que agravia a la parte demandada la imposición de costas a su parte y entiende que éstas debieron ser impuestas en el orden causado en virtud del carácter novedoso de la cuestión resuelta. Mantiene reserva del caso federal.

  2. Que, la parte actora contesta los agravios y, por los argumentos que expone, solicita el rechazo del recurso interpuesto, con costas. Hace reserva del caso federal.

    III- Que el actor, personal activo de Gendarmería Nacional, deduce demanda contra Gendarmería Nacional, a fin de que se incorporen con carácter salarial los suplementos particulares y/o asignación transitoria creados por el decreto 1307/12 y sus modificatorios, se liquiden en el ítem sueldo como remunerativos y se abonen las sumas retroactivas adeudadas, por la errónea liquidación de dichos suplementos y por el período no prescripto.

    La sentencia rechazó la excepción de prescripción planteada por la accionada, hizo lugar a la acción promovida...

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