Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 19 de Febrero de 2002, expediente L 73195

PresidenteSalas-Pisano-Negri-San Martín-de Lázzari-Pettigiani-Laborde
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2002
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a diecinueve de febrero de dos mil dos, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresS.,P.,N.,S.M.,de Lázzari,P.,L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 73.195, “R., V.R. contra C., F. y Cía. S.R.L. Despido”.

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo nº 2 de L. hizo lugar parcialmente a la demanda interpuesta; con costas a la parte demandada.

La parte actora dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J.d.S. dijo:

  1. El tribunal de la causa hizo lugar a la demanda instaurada por V.R.R. contra C., F. y Cía. S.R.L. -denominada actualmente Balanza Libra S.R.L.-, en concepto de indemnizaciones sustitutiva del preaviso y por antigüedad; haberes de febrero de 1997 y de integración del mes de despido; vacaciones y sueldo anual complementario proporcional. Rechazó, en cambio, el reclamo por cobro de las indemnizaciones emergentes de los arts. 10 y 15 de la ley 24.013.

  2. Contra dicho pronunciamiento se alza la parte actora mediante recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en el que denuncia transgresión de los arts. 163 del Código Procesal Civil y Comercial; 39 y 47 de la ley 11.653; 52 y 53 de la Ley de Contrato de Trabajo; 27, 156 y 159 de la Carta provincial y 14 bis y 17 de la Constitución nacional y de doctrina legal que cita. Alega como síntesis de sus agravios que:

    1. En la parte resolutiva del fallo se omitió incluir en la condena a Balanzas Libra S.R.L. pues es ésta la nueva denominación de la empresa demandada.

    2. El tribunal de grado, no obstante hallarse acreditados todos los extremos de la relación laboral que hacen viable la aplicación del art. 39 de la ley 11.653 en cuanto dispone la inversión de la carga de la prueba cuando el litigio se instala en el cobro de las remuneraciones, soslayó su aplicación estableciendo una retribución que no es la que realmente percibió el accionante.

    3. El juzgador de origen exponiendo la que denominó “nueva teoría de la distribución de la carga de la prueba” ignoró el...

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