Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 18 de Agosto de 2016, expediente CFP 006329/2013/6/CA002

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2016
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 6329/2013/6/CA2 Sala

  1. CFP 6329/2013/6/CA2 “R., M.D. y otras s/procesamiento”

    Juzgado Federal n° 2. Secretaría n° 3.

    Buenos Aires, 18 de agosto de 2016.

    Y VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

  2. Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud de los recursos de apelación deducidos a fs. 21/23 vta. por la Sra. Defensora Pública Oficial Dra. F.G.P. contra los puntos

  3. y

  4. del auto que en copias luce a fs.1/20 mediante los que se dispuso trabar embargo sobre los bienes de M.D.R. y M.C.S. por la suma de cien mil pesos respectivamente -art. 518 del C.P.P.N.-; y a fs.

    24/27 por la Sra. Defensora Pública Oficial Perla

    I.M. contra los puntos

  5. y IV del mismo auto en cuanto se resolvió decretar el auto de procesamiento sin prisión preventiva de

  6. F .G. como coautora del delito de supresión y alteración de la identidad de una menor de diez años en concurso ideal con el delito de falsedad ideológica de documento público -arts. 45, 54, 293 2do. párrafo y 139 inc. 2do. del Código Penal y 306 y 310 del C.P.P.N.-, trabando embargo sobre sus bienes por la suma de cien mil pesos -art. 518 C.P.P.-.

    En dichas ocasiones, ambas letradas solicitaron abreviación de plazos. Así, la Dra. Plazas atacó los montos fijados a dar a embargo por sus representadas R. y S. por considerarlos elevados y desproporcionados en orden a los eventos reprochados -que no prevén pena de multa-, la inexistencia de acción civil, así como que cuentan con asistencia oficial, impetrando en definitiva su reducción.

    Por su parte, la Dra. M. sostuvo que los elementos colectados -que entiende fueron erróneamente valorados por el a quo- no permiten concluir que G. haya tenido dominio de los hechos que se le reprochan siendo que, en el caso, su único aporte se vincularía a una participación no dolosa, peticionando su sobreseimiento.

    Expresó que en el certificado de nacimiento cuya falsedad se le achaca, consta que no se presentó documento alguno para su emisión no habiéndose configurado una acción idónea de supresión o Fecha de firma: 18/08/2016 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: N.A.P., S. de Camara #28649731#159776084#20160818113648678 alteración de la identidad de la niña sino un acto preparatorio que unido a los dichos de su coencausada, lleva a la solución que propicia.

    Asimismo y por similares argumentos a los referidos en párrafos anteriores, entendió elevada la suma fijada para dar a embargo, peticionando su modificación.

  7. Situación de

    V.F.G.:

    A contrario de lo argüido por su Defensa, encuentra el Tribunal que los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR