Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 30 de Octubre de 2018, expediente CSS 012575/2017/CA002

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V EXPTE. Nº CSS 12.575/2017/CA2 “QUIROGA FEDERICO FERNANDO C/ INSTITUTO NAC DE SERV SOC PARA JUBILIADOS Y PENSIONADOS S/ AMPARO LEY 16.986

Buenos Aires, de octubre de 2018.- AMW VISTOS El conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 5, el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal Nº 9 y el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 8; Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 15/18 el Sr. F.F.Q. inició la presente acción de amparo contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados -PAM I- a fin de que se le provea un subsidio que le permita acceder a un legítimo derecho a la vivienda, ante la inminente situación de calle en la que se encontraría.

    Asimismo, manifestó que tiene 71 años de edad, es viudo, no tiene hijos y padece ceguera en ambos ojos a raíz de un glaucoma primario de ángulo abierto, contando con un certificado de discapacidad emitido por el Ministerio de Salud (v. fs. 6).

  2. Que a fojas 27/28 la titular del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 5, declaró su incompetencia y ordenó la remisión de la causa de marras a la Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal.

  3. Que a fojas 32 el juez subrogante del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal Nº 9, compartiendo los fundamentos expuestos por el Fiscal Federal declaró su incompetencia Fecha de firma: 30/10/2018 Alta en sistema: 02/11/2018 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #29478378#220073986#20181026121231959 para entender en autos, ordenando la remisión del expediente a la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal.

  4. Que a fojas 38 la titular del Juzgado Nacional Contencioso Administrativo Federal Nº 8, compartiendo los fundamentos expuestos por la Fiscal Federal, se declaró incompetente y ordenó la devolución de la causa al Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 5, fundamentando dicha decisión en razón de la materia (conf. art. 2º de la Ley Nº 19.032).

  5. Que a fojas 40 la magistrada del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 5 mantuvo los argumentos expuestos a fojas 27/28 y declaró haberse suscitado un conflicto negativo de competencia y ordenó remitir las actuaciones a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR