Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 10 de Febrero de 2023, expediente FRO 044726/2017/CA001

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Visto, en Acuerdo de la Sala “A” –

integrada- el expediente FRO 44726/2017 caratulado “QUIÑONES,

O.F. y Otros c/ Estado Nacional Caja de Retiros,

Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina s/

Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad" (originario del Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de Santa Fe).

Y Considerando:

  1. - La parte actora inició ejecución de sentencia en la presente causa. Ante dicha solicitud se hace necesaria la fijación de fianza pertinente conforme lo dispone el artículo 258 del CPCCN.

  2. - En el caso se dictó sentencia el 11

    de marzo de 2022 por esta Cámara, declarando la nulidad de lo resuelto en primera instancia y haciendo lugar a la demanda promovida por los actores. Mediante Acuerdo del 16 de junio de 2022 se concedió el recurso extraordinario interpuesto por la demandada, encontrándose los autos dispuestos para elevar a la CSJN.

    Por tanto, verificados los recaudos previstos por el artículo 258 del CPCCN, la parte actora se encuentra habilitada para solicitar la ejecución de la sentencia dando fianza de responder de lo que percibiese si el fallo fuera revocado por la Corte Suprema. La calificación de dicha fianza queda librada al prudente arbitrio de este Tribunal.

    En el caso se toma en consideración que una decisión de la CSJN revocatoria de la dictada en esta instancia, importaría revertir la situación de las sumas correspondientes a los suplementos previstos en el decreto 2140/13 –objeto de reclamo en estos autos-.

  3. - Sin embargo y más allá de lo precedentemente expuesto, es de tener en cuenta que en el pronunciamiento de la CSJN del 24 de septiembre de 2019, en Fecha de firma: 10/02/2023

    Alta en sistema: 13/02/2023

    Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: E.P., SECRETARIA DE CÁMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

    la causa “B., F.G. c/ Estado Nacional –

    Ministerio de Seguridad – Policía Federal Argentina s/

    Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad” fue admitido un reclamo similar al presente, por lo que consideramos suficiente y acorde a derecho disponer el otorgamiento de caución juratoria.

  4. - Asimismo, la parte actora deberá

    formar el incidente de ejecución de sentencia en baja sede de acuerdo con lo dispuesto en la Acordadas 52/20 y 73/20 de esta Cámara.

    En su mérito,

    SE

    RESUELVE:

  5. - A los fines previstos...

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