Publicaciones de la Sección Oficial de 31 de Enero de 2018
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Edición de 48 páginas
Suplemento de Decretos y Resoluciones
y Suplemento de 31 páginas de Varios
AÑO CIX
LA PLATA > MIÉRCOLES 31 DE ENERO DE 2018
N° 28.207
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Secretaria Legal y Técnica
Dra. María Fernanda Inza
Subsecretario de Desarrollo Institucional
Dr. Ignacio Jakim
Dirección Nacional de Derecho de Autor N° 146.195.
Los Documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deba producir desde el día de su
publicación en el Boletín Ocial.
SUMARIO
Decretos 3
Resoluciones 6
Licitaciones 18
Varios 35
Transferencias 37
Convocatorias 38
Sociedades 40
S.A.S. 45
Agencias 46
Sucesorios 48
SECCIÓN OFICIAL > página 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Miércoles 31 de enero de 2018
SECCIÓN OFICIAL
Decretos
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decreto
Número: DECTO-2018-19-GDEBA-GPBA
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 22 de Enero de 2018
Referencia: EX–2017-04501990-GDEBA-SDCADDGCYE
VISTO el expediente EX–2017-04501990-GDEBA-SDCADDGCYE de la Dirección General de Cultura y Educación, por el
cual se propicia la limitación y designación de un Delegado Organizador en la Universidad de Ezeiza, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Nº 14.006; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se creó la Universidad Provincial de Ezeiza, cuya organización y funcionamiento se ajusta a las normas
constitucionales y legales vigentes;
Que son objetivos de la Universidad la formación, capacitación de profesionales y técnicos en la industria aeronáutica, como
así también en los ámbitos de la operatoria aeroportuaria, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º de la Ley N° 14.006 por
la cual fue creada;
Que dicha norma establece que la gestión del delegado organizador no excederá de un período estatutario, y que éste
actuará con la amplitud de facultades que determine el respectivo decreto de designación;
Que por ello corresponde limitar en el cargo de Delegado Organizador a Fernando Miguel DI MATTEO a partir del 1°
de diciembre de 2017, quien había sido designado en dicho cargo por Decreto N° 1174/16, y consecuentemente propiciar la
designación en su reemplazo de Daniel Fernando GALLI a partir de la misma fecha, quien reúne las condiciones de idoneidad
necesarias para ejercerlo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –proemio-de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires.
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Limitar, a partir del 1° de diciembre de 2017, a Fernando Miguel DI MATTEO (DNI 17.579.790 – Clase 1965),
en el cargo de Delegado Organizador de la Universidad Provincial de Ezeiza, quien había sido designado por Decreto Nº 1174/16.
ARTÍCULO 2°: Designar, a partir del 1° de diciembre de 2017, en el cargo de Delegado Organizador de la Universidad
Provincial de Ezeiza con rango de subsecretario, a Daniel Fernando GALLI (DNI 11.995.457 – Clase 1958), conforme lo
establecido en el artículo 20 de la Ley N° 14.006.
ARTÍCULO 3°: Son facultades del Delegado Organizador:
a) Ejercer la representación de la Universidad y el ejercicio de la jurisdicción superior universitaria;
b) Ejercer la conducción administrativa, económica y nanciera de la Universidad y supervisar las unidades académicas;
c) Conducir las actividades académicas de la Universidad;
d) Proponer al Ministerio de Educación de la Nación la jación y el alcance de los títulos correspondientes a las carreras;
e) Firmar los títulos, diplomas, distinciones y honores universitarios;
f) Designar y remover al personal cuyo nombramiento no corresponda a otros órganos, de acuerdo con los respectivos
estatutos vigentes;
g) Resolver las propuestas de nombramientos y remoción de profesores ordinarios y extraordinarios y decidir respecto de
sus renuncias;
h) Ejercer la jurisdicción disciplinaria;
i) Aceptar herencias, legados y donaciones;
j) Celebrar convenios con organismos públicos y/o privados municipales, provinciales, nacionales e internacionales en
representación de la Universidad;
k) Ejercer las demás atribuciones que le asigne la Ley.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Ocial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Federico Salvai María Eugenia Vidal
Ministro Gobernadora
Ministerio de Jefatura de Gobierno de la Provincia
Gabinete de Ministros de Buenos Aires
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