Publicaciones de la Sección Judicial de 10 de Julio de 2018

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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Martes 10 de julio de 2018
SECCIÓN JUDICIAL
Remates
MARISA VIVIANA ABELENDA
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 14, Departamento Judicial de Lomas de Zamora, hace
saber que la Martillera Abelenda Marisa Viviana subastara EL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2018 A LAS 9:00 HS., en el Salón de
subastas Edif‌i cio Bicentenario del Colegio Público de Martilleros y Corredores del Dpto. Judicial de Lomas de Zamora, sito en la
calle Enriqueta Díaz Tezanos Nº 1502 entre Vicente Barbieri y predio Edif‌i cio Tribunales; el 50 % indiviso del inmueble ubicado
en calle Inca Nº 610 de la Localidad y Partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, Nomenclatura Catastral: Circ. 9,
Secc. D, Mza. 73, Parc.1 B, superf‌i cie: 269 m2. Ocupado según Mandandamiento de Constatación por el Sr. Caballero Hugo O.
Venta al mejor postor, Base: $ 83.742.- se exige de quien resulte comprador el 30% del precio como seña más el 1,2 % del monto
total de la venta para el correspondiente sellado f‌i scal y la constitución en el acto de la f‌i rma del boleto de domicilio procesal en el
radio de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le darán por notif‌i cadas automáticamente
conforme lo dispuesto por el art.133 del C.P.C., Comisión 3% cada parte (art. 54, apartado IV, Ley 10.973, modif‌i cada por Ley
14.085), todo en dinero efectivo en el acto de la subasta. Deudas: Municipal $ 70.570,68 al 10/03/2017, Aguas Arg. $ 760,55 al
14/03/2017, ARBA $ 5.349,30 al 12/06/2017. Visita: 11 de julio del año 2018 de 08:30 hs a 10:00 hs. Venta decretada en autos
“Idealicia S.A.C.I.F.I. c/Chalco Loayza, Fredy s/Daños y Perjuicios” Expte Nº 12398. Lomas de Zamora, 4 de junio de 2018. Ana
B Gorski, Secretaria.
L.Z. 47.654 / jul. 5 v. jul. 10
EDUARDO DOMINGO ANCHOU
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de Balcarce del Depto. Jud. Mar del Plata hace saber que el martillero Eduardo
Domingo Anchou reg. 1454 Cel. 2236892657 rematará el 13 DE JULIO DE 2018 A LAS 13:00 HS. en punto en Calle 25 Nro
618/22 de Balcarce: Un Automotor dominio EAC289 marca Fiat modelo Palio EX Fire 16V tipo Sedan 5 Puertas año 2002. En
el Estado que se encuentra y exhibe una hora antes de la subasta Sin Base al Contado y Mejor Postor Honorarios 10% IVA y
ap. Jubilatorios Sellado de Ley 1,2% c/comprador todo en efectivo acto subasta. Comprador Constituirá domicilio en radio del
Juzgado y tomará posesión del bien en el Mismo acto. Adeuda Imp. Automotor al 18/5/12 $ 6.567,40 Autos: “Romera Hnos S.A.
C/ Burgeois Luis Gustavo y Otra s/ Ejecución” Esp. 14140-07, Balcarce, 22 de junio de 2018. Adalberto Rodríguez, Secretario.
M.P 34.710 / jul. 10 v. jul. 11
Agencias
CASA CENTRAL
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Graciela Julia Angriman, Jueza a cargo del Juzgado en lo Correccional N° 5 del
Departamento Judicial Morón, en causa nº J-1415 seguida a Cristian Alberto Gauna y Alejandro Sebastián Gauna por el delito de
amenazas agravadas por el uso de arma del registro de la Secretaría única, cítese y emplácese a CRISTIAN ALBERTO GAUNA,
estado civil soltero, albañil, de nacionalidad argentina, nacido el 22 de septiembre de 1.976, en la localidad y partido de Morón,
provincia de Buenos Aires, sabe leer y escribir, de estudios primarios completos, domiciliado en Doblas N° 365 de la localidad de
Merlo, (0220-49076366), hijo de Francisco Héctor Gauna y Mirta Antonia Sastre, D.N.I. Nº 25.809.048 Prontuario Nº 1.487.871
de la sección AP del Ministerio de Justicia de la provincia de Bs. As.; y ALEJANDRO SEBASTIÁN GAUNA, estado civil soltero,
pintor, de nacionalidad argentina, nacido el 5 de septiembre de 1.991, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sabe leer y
escribir, de estudios secundario incompleto, domiciliado en Doblas N° 365 de la localidad de Merlo (0220-4907-6366), hijo de
Francisco Héctor Gauna y Antonia Mirta Sastre, D.N.I. Nº 36.555.452 Prontuario Nº 1.487.856 de la sección AP del Ministerio de
Justicia de la provincia de Bs. As. por el término de 5 (cinco) días, a f‌i n que comparezcan a estar a derecho dentro del plazo de
treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Colón Nº 151, 4° piso, sector “B”, Partido
de Morón, Provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser Declarados Rebeldes y ordenar el comparendo compulsivo
respecto de ambos. (artículos 129 y 304 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires). Como recaudo legal, se
transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente: “Ciudad de Morón, 13 de junio de 2.018. I. (...) II. Sin
perjuicio de lo ordenado precedentemente, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Of‌i cial de la Provincia
de Buenos Aires, a Cristian Alberto Gauna y Alejandro Sebastián Gauna por el término de 5 (cinco) días, a f‌i n que en el plazo de
treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser Declarados
Rebeldes, y de ordenar sus detenciones (artículos 129 y 304 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires). Fdo:
Doctora Graciela Julia Angriman Jueza”; Eugenia N. Rojas Molina, Secretaria. Secretaría, 13 de junio de 2018.
C.C. 6.979 / jul. 3 v. jul. 10
POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 03 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora,
Dra. Cecilia Vázquez, notif‌i ca por este medio (Art. 129 del C.P.P.), a SEVILAN ROBERTO CARLOS, ARGENTINA, nacido
el 04 de abril de 1.979, en Lanús, con último domicilio declarado en la Calle Deheza N° 1.767, de la localidad y partido de
Avellaneda, hijo de Eduardo Martín y de Marta Nélida Tévez, que en el marco del incidente de ejecución de pena N° 0702-3707-
12/ promovido en relación al nombrado, se ha resuelto lo siguiente: “...Lomas de Zamora, 2 de noviembre de 2017. - Autos y
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Vistos: Para resolver en el presente Incidente de Ejecución de Pena nro. 07-02-003707-12/3 promovido en relación a Sevilan
Roberto Carlos. - Considerando: Que el día 23 de mayo 2.014, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 07 Departamental dictó
sentencia condenando a Sevilan Roberto Carlos a la pena cuatro años y tres meses de prisión, multa de doscientos veinticinco
pesos ($ 225), más la declaración de reincidencia, accesorias legales y costas, en orden al delito de tenencia de estupefaciente
con f‌i nes de comercialización en concurso real con tenencia ilegal de arma de guerra.- Del cómputo de pena obrante en autos,
surge que la pena impuesta venció el día 15 de agosto de 2017 a las 12.00 hs..- También debe señalarse que el causante
obtuvo su Libertad por agotamiento de pena en esa misma fecha, esto es el 15 de Agosto de 2017 (ver fs. 230), no habiendo
gozado de ningún benef‌i cio de libertad anticipada.- Ahora bien, caben analizar diversas cuestiones respecto a la exigibilidad del
cumplimiento del pago de la multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225) adeudada por el penado de autos.- En primer término,
corresponde af‌i rmar que al momento de dictarse la sentencia el causante se encontraba detenido, por lo que tomó conocimiento
y fue fehacientemente notif‌i cado del monto de la pena de prisión impuesta como así también de la condena de multa.- Así he
señalado en otros incidentes en los que tuve que resolver, que habiendo sido benef‌i ciado el condenado de que se trate con un
instituto de libertad anticipada, es ese momento a partir del cual, habiendo cesado la privación de su libertad, que se torna exigible
la efectivización del pago de la multa impuesta.- Sin perjuicio de ello, cabe destacar que la pena de prisión impuesta a quien nos
convoca se haya vencida y cumplida en la actualidad desde el 15 de agosto de 2017, siendo ésta fecha el tope máximo para que
pueda exigírsele al mentado el pago de la multa que fuera impuesta por sentencia f‌i rme, es decir mientras la pena de prisión se
encuentre en plena ejecución.- Ello por cuanto, si bien la multa se trata de una pena principal, conforme lo normado por el art. 05
del Código de Fondo, lo cierto es que en el presente caso fue aplicada en forma conjunta con la de prisión, no estableciéndose en
el fallo que aquí se ha ejecutado término concreto para su satisfacción, por lo que entiendo que los procedimientos normados en el
art. 21 de dicho cuerpo normativo deben ser cumplidos antes de que se agote la pena de prisión también impuesta conjuntamente.-
Por lo que habiendo operado el plazo previsto en el art. 65 inc. 04to. del Código Penal, no surgiendo elementos que me permitan
inferir la interrupción de dicho término, corresponde declarar la prescripción de la pena de multa impuesta por la suma de pesos
doscientos veinticinco ($ 225).- Finalmente, corresponde dejar sentado que lo resuelto es sin perjuicio de las medidas que fueran
tomadas y cumplidas oportunamente para la total satisfacción de la precitada suma impuesta en concepto de multa.- Por todo ello,
motivos precedentemente expuestos y fundamentos dados Resuelve: I.-Declarar la prescripción de la pena de multa por la suma de
pesos doscientos veinticinco ($ 225), impuesta a Sevilan Roberto Carlos, en el marco del incidente de ejecución de condena f‌i rme,
registrado en la Secretaría de este Juzgado bajo N° 07-02-003707-12/3, por haber transcurrido el plazo previsto en el art. 65 inciso
04° del C.P..- II.- Notifíquese, protocolícese y regístrese de conformidad con lo normado en la Ac. nro. 2514/93 S.C.J.P.B.A.- III.-
Firme que sea, cúmplase con las comunicaciones de rigor, y posteriormente remítase la presente incidencia al organismo de origen
a f‌i n de que se proceda a su archivo.- Ante mí: En la fecha se cumplió, conste.-... Fdo. Dra. Cecilia Vázquez Juez de Ejecución, Dra.
Myriam M. Sánchez Secretaría y Dr. Martín Ezequiel Chiappara Secretario”, Secretaría, 8 de junio de 2018.
C.C. 7.020 / jul. 3 v. jul. 10
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Graciela Julia Angriman, Jueza a cargo del Juzgado en lo Correccional N° 5 del
Departamento Judicial Morón, en causa nº J-1444 seguida a Cristian Alejandro Angulo, por el delito de Resistencia a la Autoridad,
del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese a CRISITAN ALEJANDRO ANGULO de nacionalidad argentina, de 25
años de edad, nacido el 19/10/91 en Merlo, D.N.I. 36.512.924, soltero, empleado de comercio, domiciliado en la calle Espejo
1.665 de Pontevedra, partido de Merlo, hijo de Alicia Soobron (v) y de Alejandro (v), prontuario N° 1480542 por el término de 5
(cinco) días, a f‌i n que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación,
a este Juzgado sito en la calle Colón Nº 151, 4° piso, sector “B”, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento
de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo compulsivo. (artículos 129 y 304 del Código Procesal Penal de la Provincia
de Buenos Aires). Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente: “Ciudad de
Morón, 21 de Junio de 2018 I. Téngase por contestada la vista conferida oportunamente a Fiscalía de intervención, y atento a
lo manifestado por el Dr. Pablo Daniel Galarza, córrase vista a la defensa por el termino de 72 horas, librándose cédula a tales
efectos. II. Sin perjuicio de lo ordenado precedentemente, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Of‌i cial
de la Provincia de Buenos Aires, a Cristian Alejandro Angulo por el término de 5 (cinco) días, a f‌i n que en el plazo de treinta días
corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y de
ordenar su comparendo compulsivo (arts. 129 y 304 del C.P.P.P.B.A.).-” Firmado: Doctora Graciela Julia Angriman, Jueza en lo
Correccional. Secretaría, 21 de junio de 2018; María Laura Corrales Auxiliar Letrada.
C.C. 7.021 / jul. 3 v. jul. 10
POR 5 DÍAS - La Sra. Juez a cargo, por disposición de Órgano Superior, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil n° 1
del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, cita y emplaza por el término de 5 (cinco) días a KEVIN DAVID MARTÍNEZ, titular
del D.N.I. N° 46.627.052 de nacionalidad argentina, nacido el 1º de marzo del ario 1.999 en la localidad de Avellaneda, a f‌i n de que
comparezca por ante este Juzgado, sito en la calle Talcahuano N° 278 1° piso de la ciudad de Banf‌i eld, de lunes a viernes de 8:00
a 13:30 horas a estar a derecho (art. 129 del C.P.P.), en el marco de las actuaciones registradas bajo el número 17.997/1. Para
mayor recaudo, se transcribe el auto que así lo ordena: “ Lomas de Zamora, 6 de junio de 2.018.- I- Visto el contenido de la pieza
que luce a fs. 296, como así también lo informado por la Defensa Of‌i cial, Dra. Vanina Lamandia a fs. 299, y en razón de ignorarse
el domicilio y el paradero de Kevin David Martínez, de conformidad con lo dispuesto en el art. 129 del Código Procesal Penal, cítese
y emplázase al mencionado para que en el plazo de 5 (cinco) días comparezca ante esta Sede a estar a derecho. A tales efectos,
líbrense edictos y publíquense en el boletín of‌i cial por el plazo de 5 (cinco) días en forma gratuita... Fdo: Miriam B. Buzzo- Juez”.
Dado, f‌i rmado y sellado en la Sala de mi público Despacho, en Lomas de Zamora, a los días 6 del mes de junio de 2.018.
C.C. 7.022 / jul. 3 v. jul. 10
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Graciela Julia Angriman, Jueza a cargo del Juzgado en lo Correccional N° 5 del
Departamento Judicial Morón, en causa nº J-1406 seguida a Leandro Javier Villagra, por el delito de Encubrimiento Agravado
por el Ánimo de Lucro, del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese a, LEANDRO JAVIER VILLAGRA, argentino, de
ocupación u of‌i cio carnicero, 21 años de edad, soltero, con domicilio en la calle La Niña N°1942 de San Miguel, nacido el día
16 de mayo de 1997 en San Miguel, provincia de Buenos Aires, D.N.I. N° 40.491.251, hijo de Alfredo Villagra y Norma Beatriz
Rolón, prontuario N° 1.461.225 de AP por el termino de 5 (cinco) días, a f‌i n que comparezca a estar a derecho dentro del plazo
de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Colón Nº 151, 4° piso, sector “B”,

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