PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL PRIMER PARRAFO DEL INC. "3" AL ART. 49 DE LA LEY 24.449 (TRANSITO) RESPECTO DE EXPLICITAR LA PROHIBICION DE LA OBSTRUCCION POR PARTE DE LOS VEHICULOS EN LA VIA PUBLICA DE LAS RAMPAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Fecha de presentación07 Junio 2017
Número de Iniciativa2162/17
ComisiónComisión de infraestructura, vivienda y transporte
Autor de la iniciativaOdarda , María Magdalena
EstatusArchivado
“2017 - Año de las Energías Renovables
(S-2162/17)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,
Artículo 1º. Modifíquese el primer párrafo del inciso “3” al artículo 49º
de la Ley Nº 24.449, con la siguiente redacción:
“3. Sobre la senda para peatones o bicicletas, aceras, rieles, sobre la
calzada, rampas para personas con discapacidad y en los diez metros
anteriores y posteriores a la parada del transporte de pasajeros.”
Artículo 2º. Comuníquese al Poder Ejecutivo
María M. Odarda.
FUNDAMENTOS
Señora Presidente:
Al hablar de derechos humanos se hace referencia a las garantías
jurídicas que protegen a las personas contra los actos, principalmente
de los gobiernos, que interfieren con las libertades fundamentales y la
dignidad humana. Al respecto De Castro
1
menciona que los derechos
humanos son el “conjunto de facultades o poderes que le
corresponden a cada uno de los miembros de la especie humana en
razón de su propia humanidad” (p.103). En otras palabras, son el
reconocimiento de lo que es propio del ser humano dentro de su vida
en sociedad. Por lo que, como normas obligan a los gobiernos a tomar
acciones en favor de las personas, esto para garantizar el disfrute de
los derechos e impedir que estos sean limitados, restringidos o
condicionados.
Astorga
2
anota que los derechos humanos encierran una serie de
características. En primer lugar, deben ser universales; es decir, deben
cubrir a todas y todos los seres humanos, sin excepción. Además, han
de ser inalienables e intransferibles, por lo que nadie puede renunciar,
ceder o ser despojado de estos. Y por último, los derechos humanos
deben ser tanto indivisibles como interdependientes, por lo que han de
ser vistos como un conjunto integrado de garantías, en donde unas
dependen de las otras.
1
De Castro, B. (2004). Introducción al Estudio de los Derechos Humanos. Editorial Universit aria:
Madrid.
2
Astorga, L.F. (2007). Guía básica para comprender y utilizar la Convención sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad. Instituto Interamericano sobre Discapacidad y Desarrollo Inclusivo:
Managua

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