Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 27 de Febrero de 2009, expediente 58.353

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2009

INCIDENTE DE EXCEPCIÓN DE FALTA DE ACCIÓN POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL

PROMOVIDA POR EL DEFENSOR DE D.G.G. EN CAUSA N° 4681 HERMOSA

-' LEANDRO ARIEL y OTROS S/CONTRABANDO J.N.P.E. N° 8 S.15 SALA "B" N° 58.353 F 126 ORDEN

O

N° 22.061.

I.A., 1/1/de febrero de 2009.

VISTOS:

Los recursos de apelación interpuestos a fs. 20/21 por la defensa de F.H.R.A. y M.M. RIV A ya fs. 24/24 vta. por la defensa .«

de D.G.G., ambos contra la resolución de fs. 15/17, por la cual el juzgado "a quo" rechazó la excepción planteada a fs. 1/2 y 6/7 vta.

u..

El memorial de fs. 41/44, por el cual la defensa de F.H. o o RIV A y M.M. RIV A informó en los términos previstos por el arto 454

en del e.p.p.N. (según la redacción anterior a la ley N° 26.374).

y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por los escritos de fs. 1/ 2 Y 6/7 vta., las defensas de F.H.R.A., M.M. RIV A y D.G.G. plantearon que la acción penal se encontraría extinguida en la causa con relación a los nombrados, por haberse desarrollado el proceso en un plazo que excedería el que los incidentistas consideran razonable.

  2. ) Que, este Tribunal ha establecido "...que si bien la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha reconocido la necesidad de una {duración razonable del proceso', también ha determinado {

    ...la imposibilidad de traducir el concepto de plazo razonable' en números fljos de días, meses o de años ... "

    (Fallos 310: 1476, 323:982; confr. R.. Nos. 339/02 y 399/03, de esta Sala "B") ... " (confr. R.. N° 500107 de esta Sala "B").

  3. ) Que, de la lectura de la causa principal, cuyo trámite ha sido reseñado por el juzgado Ha qua" por los considerando s 6° y 7° de la resolución...

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