Prólogo al comentario de Fernando R. Frávega sobre la reforma judicial
Autor | La Dirección |
Páginas | 545-545 |
Prólogo al comentario de Fernando R. Frávega
sobre la reforma judicial
En este número de la Revista, por medio del comentario que nos hace llegar el Dr.
Fernando Frávega, volvemos sobre el tema relativo a la creación de tribunales de casación,
a partir del dictado de la ley 26.853 (B.O. 17/07/2013)(1).
No obstante haberse dispuesto la suspensión de uno de sus más relevantes dispositivos
(art. 7, segundo y tercer párrafos)(2), no es ocioso continuar con el análisis de los térmi nos y
contenidos de esta norma, como para poder establecer:
— Si las hubiere, las razones de oportunidad y conveniencia en mérito a las cuales se
agregó una inst ancia a las ya contempladas por ordenamientos procesa les generales y espe-
ciales en vigencia;
— el grado de urgencia en disponer un procedi miento abreviado para la designación de
magistrados, con la idea de conforma r los nuevos tribunales así creados;
— el aporte que esa nueva instancia pudiera significar para conformar un proceso judicia l
ágil, breve y eficaz o en definitiva, para el mejor servicio de Justicia;
— si importa, como creemos que sucede, el desplazam iento del control de constitucionalidad,
y de otros no menos relevantes atributos, desde la Corte Suprema de Justicia de la Nación;
— en suma, si el marco legal que se ha dado con esa finalidad, pugna c on otros dispositivos
legales, no derogados, y principalmente, con expresas norma s de rango constitucional.
Con esa finalidad, nos hemos propuesto recabar y dejar reflejadas por medio de estas pá-
ginas, las opiniones que pueda merecer la i niciativa comentada.
La Dirección
Julio 31 de 2013
(1) Un comentario preliminar acerca de la creación de l a Cámara Federal y Nacional de Casaci ón del
Trabajo y de la Seguridad So cial, TySS, ’13-289.
(2) “Fargosi, Alejand ro Eduardo c. Estado Naciona l-Poder Ejecutivo Nacional-Ley 26. 853”, Juzgado
Nacional de Primera In stancia en lo Contencioso Ad ministrativo Federal Nro 6 ; 10/07/ 2013 MJ-JU -M-
79894-AR.
TySS, 2013 - 17
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