Procesal penal. Valoraciones probatorias

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XIII
Procesal penal: valoraciones probatorias
Sumario
§1.- Tribunal en lo Criminal nro. 3, Causa nº 61 5, caratulada: “Fisch,
Rubén Darío s/ Robo calific ado”, rta. 23 de febrer o 2007 . Valor
presuncional de secuestro de elemen tos relevantes para el expediente.
§2.- Juzgado en lo Correccional nro. 2, causa nro. 1438, caratulada:
“Domínguez, Roberto Carlos s/ robo y robo en grado de tentativa”, rta. 7
de febre ro 2007. Minusvaloración de testimonios policiales y acta
prevencional en tanto revela imprecisiones propias de la ligereza o error de
sus apreciaciones, que bien puede traslad arse al resto de lo que afirman.
§3.- Sala II Exma. Cámara de Apelaciones y Garantí as, I.P.P. nº 1433,
rta. 25 de abril de 2003. Diverso grado de c onvicción para el dicta do de
una prisión preventiva y de un sobre seimiento.
§1.- Valor presuncional de secuestro de elementos relevantes para e l
expediente.
“...debe computarse como presunción en su contra, el secuestro... oportunidad
en que se hallara en la vivienda un chaleco como el utilizado por el incurso,
conforme el reconocimiento que del mismo hiciera la víctima...
“En ese sentido, corresponde señalar que en oportunida d de efectuar la
denuncia del robo, Malán describe el c haleco que vestía Fisch cuando fuera
asaltado por éste.” (TRIBUNAL EN LO CRIMINAL NRO. 3, CAUSA Nº 615,
CARATULADA: “FISCH, RUBÉN DARÍO S/ ROBO CALIFICADO”, RTA. 23 DE
FEBRERO 2007).
§2.- Minusvaloración de testimonios policiales y acta prevencional en
tanto revela imprecisiones propias de la ligereza o error de sus
apreciaciones, que bien puede trasladarse al resto de lo que afirman.
“...si bien en la s constancias... surge qu e el procesado fu e hallado en
momentos e n que corría por la vía pública en horario cercano al hec ho, no
consta por inju stificable omisión policial- la distancia pre cisa entre el lu gar
de comisión del mismo y el sitio en que fue hal lado corriendo el procesado,
con lo que la posibilidad formal de vincularlo con certeza al hecho deviene
remota. Particularmente porque hubo una clara solución de continuidad entre
su acaecimiento y el lugar y tiempo en que se apreció el a quí in culpado
corriendo, lo que no resulta un dato menor si se tiene en cuenta que la
omisión que marcara el primer término im posibilita establecer la distancia
real existente entre el sito de la aprehensión y el de comisión del hecho,
dejando así sólo subsistent e la circun stancia de u n sujeto c orriendo por una

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