Procedimiento y prueba

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XI
Procedimiento y prueba
Sumario
§1.- Tribunal en lo Criminal nro. 2 de Bahía Blanca, causa nro. 522/02, o.i. 658, caratulada:
“Barzola, Oscar Juan y Belmudez, Sergio Walter por robo en grado de tentativa en concurso real
con privación ilegal de la libertad agravada y resistencia a la a utoridad en concurso ideal con
lesiones leves en Monte Hermoso”, rta. 25 de septiembre de 2002. Prueba de confesión, validez,
admisión como p lena prueba ante la concordancia con el resto de los elementos de cargo. Prueba
presuncional, necesidad de coherencia e inescindibilidad de los elementos.
§2.- Juzgado en lo Correccional nro. 4 de Bahía Blanca, c ausa nro. 494/09, caratulada: “Lang
Ferreyra, Eduardo por te nencia de estupefacientes p ara consumo personal”, rt a. 24 d e noviembre
2009. Sobreseimiento en etapa de juicio por acuerdo de partes.
§3.- Tribunal en lo Criminal nro. 2 de Bahía Blanca, ca usa nro. 732, o.i. 711, caratulada:
“Gandolfo, Hugo Orlando por robo agravado en Carmen de Patagones”, rta. 9 de diciembre 2002.
El reconocimiento por álbum fotográfico sólo puede servir como indicio probatorio.
§4.- Tribunal en lo Criminal nro. 3 de Bahía Blanca, causa nro. 442/02, o.i. 370, caratulada:
“Britos, Sebastián Eduardo por robo doblemente agravado por efracción y escalamiento en grado
de tentativa”, rta. 4 de diciembre 2002. La falta de firma del testigo de actuación en el acta es
meramente una nulidad relativa que precluye en la etapa procesal oportuna.
§5.- Juzgado en lo Correccional nro. 4 de Bahía Blanca, causa nro. 352/09, caratulada: “Plaza,
Guillermo César por lesiones graves culposas”, rta. 7 de diciembre 2009. Viabilidad de incorporación
lectural de piezas de la instrucción. Expresa disposición (art. 36 6.4°) y principio de libertad probatoria
(art. 209 C.P.P.).
§6.- Juzgado en l o Correccional nro. 3 de Bahía Blanca, causa nro. 2242, caratulada: “Fernández,
Carlos Rubén por lesiones leves”, rta. 11 de noviembre 2002. Detención por particulares, ausencia de
flagrancia. Configuración de legítima defensa (agresión ilegítima, racionalidad del medio empleado,
posibilidad de recurrir a la autoridad policial).
§7.- Sala I, Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca, I.P.P. 1445,
caratulada: “Mondaca Valenzuela, Daniel Ricardo s/robo calificado”, rta. 1 4 de febrero 2002. Las
medidas investigativas no constituyen reconocimiento de cosas. No hay nulidad por falta de notificación
a la defensa del reconocimiento de cosas, pues ello se limita al reconocimiento de personas.
§8.- Sala II, Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca, I.P.P. 1728,
caratulada: “Cuevas Jano, Pedro Manuel s/apelación de prisión p reventiva”, rta. 16 de julio 2002.
El ingreso al domicilio consentido por el titular no es un a llanamiento. La exhibición de elementos
secuestrados en los inicios de la investigación no es un reconocimiento en rueda de cosas.
§9.- Tribunal en lo Criminal nro. 1 de Bahía Blanca, causa nro. 158/02, o.i. 538, caratulada:
“Vallejos, Carlos por tentativa de robo calificado en Bahía Blanca”, rt a. 18 de diciembre 2002. No
se vulnera la congruencia si el fiscal no altera el hecho pero no mantiene la calificación establecida por
la Cámara, utilizando la de la indagatoria.
§10.- Juzgado en lo Correccional nro. 2 de Bahía Blanca, expte. 630, o.i. 422, rto. 13 de octubre
2004. No hay violación al derecho de defensa si ejerció la defensa técnica quien se hallaba inhabilitado
para el ejercicio de la profesión de abogado por falta de pago en la matrícula.
§11.- Sala I, Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca, I.P.P. 983,
caratulada: “Ponce, Hugo Andrés por r obo en grado de tentativa”, rta. 10 de agosto 2001. Nulidad
del acta de procedimiento si se carece de la firma del imputado. Validez de las actas.
§12.- Sala I, Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca, I. P.P. 1556,
caratulada: “Vilchez, Juan Ca rlos s/ apelación”, rta. 23 de abril 2002. Es válido el ingreso
domiciliario si el consentimiento para el mismo lo presta la concubina del propietario. Puede renunciar
a la razonable expectativa de privacidad.
§1.- Prueba de confesión, validez, admisión como plena prueba ante la
concordancia con el resto de los elementos de cargo. Prueba presuncional,
necesidad de coherencia e inescindibilidad de los elementos.
“…cabe destacar que la intervención del procesado B. en el presente hecho sur ge debida y legalmente
acreditada mediante sus propios dichos vertidos durante el curso del debate: en efecto, cuando el

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