Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 28 de Febrero de 2018, expediente CCC 004147/2017/TO02
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 4147/2017/TO2 TOCC 1 c. 5674 I., L. s/ juicio abreviado nos Aires, 27 de febrero de 2018.
Y VISTA:
La presente causa n° 5644 (4147/2017) del registro de
este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 1 de Capital
Federal, por el delito de homicidio simple en grado de tentativa,
seguida contra L. E. I. R.,
uruguayo, titular del documento uruguayo 4.875.675/2, nacido el 10
de mayo de 1982 en Canelones, República Oriental del Uruguay,
hijo de A. y de M., identificado
en la Policía Federal con el legajo RH 284.162 y en el Registro
Nacional de Reincidencia con el expediente 03014801; y
actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal II
de Marcos Paz desde el 22/1/2017. Intervienen en el proceso la
Sra. Auxiliar F. D.. A. D. y el Defensor
Oficial Dr. F., en carácter de letrado defensor de la
cual; RESULTA:
Fecha de firma: 28/02/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #29437012#199659146#20180226151325826 Que el Señor Fiscal, en el requerimiento de fs. 122/23
imputó a I. el delito de homicidio simple en grado
de tentativa (arts. 42, 45, y 79 del Código Penal).
A fs. 208/vta. la A. F., Dra. Alejandra
Dellagiustina solicitó que se imprima a este proceso la vía
abreviada regulada por el artículo 431 bis, acompañando el acta de
acuerdo, de conformidad con lo que dispone el inciso 2° del
artículo mencionado. Como se desprende del mismo, el acusado y
su defensor pactaron proseguir este proceso mediante el trámite de
juicio abreviado, aceptando tanto la realidad fáctica del hecho
imputado en el requerimiento de elevación, como la intervención
del procesado y el juicio de tipicidad emitido por la Auxiliar Fiscal,
esto es, homicidio en grado de tentativa (arts. 42, 45 y 79 del
Asimismo, la A. solicitó que se condene a
I. a la pena de cuatro años de prisión de efectivo
cumplimiento, accesorias legales y costas (arts. 29 inciso 3º, 40, 41
del CP y 530 y 531 del CPPN).
Cabe señalar que el imputado, asistido por el Defensor
Oficial, D. Larrain, reconoció su participación en el hecho que
motivó el presente proceso y manifestó su conformidad respecto de
la calificación legal propuesta y la pena solicitada por la Sra.
A., firmando el acta las personas referidas.
Oportunamente compareció el acusado a los efectos de
lo dispuesto por el art. 41, inciso 2°, del Código de fondo y 431 bis,
Fecha de firma: 28/02/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #29437012#199659146#20180226151325826 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 4147/2017/TO2 apartado 3°, del Código Procesal Penal. Durante la audiencia se le
exhibió el acuerdo obrante a fs. 208/vta. y ante preguntas manifestó
haber sido informado respecto de la naturaleza y efectos de éste y
que hubo prestado libremente su consentimiento, por lo que la
presente causa quedó en condiciones de ser resuelta.
Y CONSIDERANDO:
I. Hecho:
Se le imputa a I. haber intentado dar
muerte a M., el 22 de enero de 2017,
siendo alrededor de las 12.50 en la intersección de Paraná y
Sarmiento de esta ciudad.
En esas circunstancias el imputado le aplicó tres
puntazos con un cuchillo modelo navaja que impactaron en la zona
del abdomen, rostro y espalda de C., ocasionándole
heridas graves con riesgo de muerte en caso de no ser tratadas
médicamente.
Así la víctima expresó que ese día mientras caminaba
junto al imputado y a C. A., en un momento dado
frenaron, I. ingresó a un baño y A. a un kiosco.
Que al rato salió el acusado, quien estaba en aparente estado de
ebriedad y le manifestó “qué haces aquí”, a lo que C.
le respondió que estaba esperando a Carolina, para luego quitarse
las zapatillas y arrojárselas al imputado, ante lo cual éste sin
mediar palabra sacó de un bolsillo de la bermuda que vestía, una
Fecha de firma: 28/02/2018 Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #29437012#199659146#20180226151325826 navaja y se la clavó en la zona del abdomen del lado derecho. Que
al verse agredido lo empujó pero el imputado volvió a apuñalarlo
en el rostro y mientras se desvanecía lo apuñaló en la espalda,
tercio superior derecho para luego darse a la fuga.
Finalmente, ante la descripción del agresor aportada
por la operadora de la frecuencia policial, y ocasionales transeúntes
que lo describieron como una persona del sexo masculino que
deambulaba sin remera ni calzado a quien se lo vio corriendo por
Avenida Corrientes tomando Montevideo hacia L., Imbert
Rodríguez fue detenido por personal policial en Montevideo 446,
determinándose que presentaba herida en el...
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