Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 15 de Octubre de 2020, expediente FTU 400133/2005/TO01/CFC008

Fecha de Resolución15 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

CFCP - Sala I

FTU 400133/2005/TO1/CFC8

ÁLVAREZ, D. Y OTROS

s/recurso de casación

Cámara Federal de Casación Penal Registro Nro. 1403/20

n Buenos Aires, a los 15 días del mes de octubre del año dos mil veinte, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal bajo la Presidencia de la señora jueza,

doctora A.M.F., e integrada por los señores jueces, doctores D.A.P. y Diego G.

̃

Barroetavena como Vocales, se reúne de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en los decretos 260/20, 297/20, 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20,

520/20, 576/20, 605/20, 641/20, 677/20, 714/20, 754/20 y 792/20 del Poder Ejecutivo Nacional –en adelante PEN-;

Acordadas 4/20, 6/20, 8/20, 10/20, 12/20, 13/20, 14/20,

16/20, 18/20, 25/20, 27/20 y 31/20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación –en adelante CSJN-, y Acordadas 3/20,

4/20, 5/20, 6/20, 7/20, 8/20, 9/20, 10/20, 11/20, 12/20,

13/20, 14/20 y 15/20 de la Cámara Federal de Casación Penal –en adelante CFCP-, a los efectos de resolver los recursos de casación interpuestos por el representante del Ministerio Público Fiscal, la Defensa Pública Oficial de R.H.A. y J.O.L.; la Defensa Pública Oficial de D.A.Á., Á.A.A., A.W.M., S.G., F.A.L. y H.M.V.; la Defensa Particular de J.C.M. y la Defensa Particular de P.F.G., en esta causa nº FTU

400133/2005/TO1/CFC8, caratulada “., D. y otros s/recurso de casación”, de cuyas constancias RESULTA:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, resolvió en lo que aquí interesa:

    Fecha de firma: 15/10/2020 1

    Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    …I) NO HACER LUGAR a las pretensiones de nulidades, falsos testimonios, exclusiones probatorias y violación del plazo razonable planteadas por las partes,

    sin perjuicio de la estricta vigencia del principio de congruencia en los términos del marco acusatorio, conforme se considera.

    II) NO HACER LUGAR al planteo de la defensa respecto a la INCONSTITUCIONALIDAD del ARTÍCULO 80 del CÓDIGO PENAL en los presentes casos de condena a prisión perpetua, conforme se considera.

    III) CONSIGNAR en los casos de hechos por delitos sexuales los nombres de las víctimas por sus iniciales y RESERVAR en protocolo del Tribunal sus nombres completos,

    por aplicación de los estándares internacionales que regulan la materia y conforme Acordada 04/13 dictada por este Tribunal.

    IV) CONDENAR a R.H.A., de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de OCHO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor mediato de los delitos de (i)

    Violación de domicilio (art. 151 del Código Penal) en perjuicio de S. de G.P.N., A.C.F. y H.R.F.; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis, ley 14.616) en perjuicio de S. de G.P.N. y A.C.F.; y autor material del delito de (iii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis, ley 14.616) en perjuicio de H.R.F.; todo en concurso real (art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad (arts. 12, 19, 29 inciso 3º, 40 y 41 del Código 2

    Fecha de firma: 15/10/2020

    Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    15984062#270672096#20201015110427503

    CFCP - Sala I

    FTU 400133/2005/TO1/CFC8

    ÁLVAREZ, D. Y OTROS

    s/recurso de casación

    Cámara Federal de Casación Penal Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.

    1. CONDENAR a J.O.L., de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN

      ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor mediato de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del Código Penal) en perjuicio de G.E.H., H.A.L., J.C.C. y L.S.O.; (ii)

      Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis inciso 1º,

      ley 14.616) en perjuicio de G.E.H.,

      S.A.N., H.A.L., J.C.C., L.S.O. y J.D.A.; (iii) T. agravados y reiterados (art. 144 ter, primer y segundo párrafo, ley 14.616) en perjuicio de G.E.H., S.A.N., H.A.L., J.C.C., L.S.O. y J.D.A.; todo en concurso real (art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad (arts. 12, 19, 29 inciso 3º, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.

      VI) CONDENAR a D.A.Á., de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de VEINTICINCO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN

      ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de (i) Asociación ilícita (art. 210 del Código Penal);

      Fecha de firma: 15/10/2020 3

      Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

      Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

      Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

      Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

      coautor material en la comisión de los delitos de (ii)

      Tormentos agravados y reiterados (art. 144 ter, primero y segundo párrafo, ley 14.616) en perjuicio de H.G.E., R.D.R., P.M.R., A.L.H.H., T.J.C., M.B.A., B.O.G., B.L.C., C.J.C.,

      D.C.R., D.F., H.J.C.,

      K.J.O., L.J.M., L.M.R., V.V.R., De la R.R.R.,

      P.C., O.L.S., T.C.M.,

      A.J.D., A.S.B., R.J.D., R.A.J., T.M.A. y G.A.I.; (iii) Violación sexual agravada y reiterada (art. 122 en relación con el art. 119 inc. 3 del CP) en perjuicio de S.A.N.; (iv) Tormentos seguidos de muerte (art. 144 ter, tercer párrafo, ley 14.616) en perjuicio de S.J.C.; partícipe secundario de los delitos de (v) Tormentos agravados y reiterados (art.

      144 ter, primero y segundo párrafo, primero y segundo párrafo, ley 14.616) en perjuicio de F.J.M.L., L.J.M., Paz de S.A., S.A.N., A.G.d.V., P.J.R. y S. de G.P.N.; (vi) Homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2 y 6 del Código Penal, ley 21.338) en perjuicio de J.C.T.; todo en concurso real (art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad (arts. 12, 19, 29 inc. 3º,

      40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.

      4

      Fecha de firma: 15/10/2020

      Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

      Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

      Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

      Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

      CFCP - Sala I

      FTU 400133/2005/TO1/CFC8

      ÁLVAREZ, D. Y OTROS

      s/recurso de casación

      Cámara Federal de Casación Penal VII) CONDENAR a ÁNGEL A.A., de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de VEINTE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN

      ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de (i) Asociación ilícita (art. 210 del Código Penal);

      coautor material en la comisión de los delitos de (ii)

      Tormentos agravados y reiterados (art. 144 ter, primer y segundo párrafo, ley 14.616) en perjuicio de H.G.E., R.R.D., M.R.P., H.H.A.L., Torrente José

      Cayetano, M.B.A., B.O.G.,

      B.L.C., C.J.C., D.C.R., D.F., J.C.H., K.J.O., L.J.M., L.M.R., V.V.R., De la R.R.R., P.C.,

      O.L.S., T.C.M., A.J.D., A.S.B., R.J.D.,

      R.A.J., T.M.A. y G.A.I.; (iii) Violación sexual agravada y reiterada (art. 122 en relación con el art. 119 inc. 3 del Código Penal) en perjuicio de S.A.N.; (iv) Tormentos seguidos de muerte (art. 144 ter, tercer párrafo, ley 14616) en perjuicio de S.J.C.; partícipe secundario del delito de (v) Tormentos agravados y reiterados (art. 144

      ter, primer y segundo párrafo, ley 14.616) en perjuicio de F.J.M.L., L.J.M.,

      Paz de S.A., S.A.N., A.G.d.V., P.J.R. y S. de G.P.N.;

      Fecha de firma: 15/10/2020 5

      Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

      Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

      Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

      Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

      todo en concurso real (art. 55 del Código Penal)

      calificándolos como delitos de lesa humanidad (arts. 12,

      19, 29 inciso 3º, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531

      y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación),

      conforme se considera.

      VIII) CONDENAR a AUGUSTO WERTEL MONTENEGRO, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISÉIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN

      ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de (i) Asociación ilícita (art. 210 del Código Penal);

      coautor material en la comisión de los delitos de (ii)

      Violación sexual agravada y reiterada (art. 122 en relación con el art. 119 inc. 3 del CP) en perjuicio de S.A.N.; partícipe secundario del delito de (iii) Homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2 y 6 del Código Penal, ley 21.338) en perjuicio de J.C.T.; todo en concurso real (art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad (arts. 12, 19, 29 inciso 3º, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.

      IX) CONDENAR a SANTO GONZÁLEZ, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DOCE AÑOS DE

      PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de (i) Asociación ilícita (art. 210 del Código Penal) y partícipe secundario en la comisión del delito de (ii) Tormentos agravados y...

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