Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 30 de Diciembre de 2019, expediente CCC 019357/2018/TO01

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30 de la Capital Federal CCC 19357/2018/TO1 REGISTRO N° 162 / 2019.

Buenos Aires, 30 de diciembre de 2019.

Y VISTA:

La causa n° 6135, de los registros del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 30, seguida a M.M. MONTES (de nacionalidad argentina; que tiene 46 años; nacida en Santiago del Estero Capital el 6 de enero de 1973; DNI n° 23.886.032; hija de V.E.C. y de M.S.M.; P.P.R. 314.004; con domicilio en P.8., barrio 9 de abril, E.E., PBA) y R.I.M.F. (de nacionalidad argentina; que tiene 42 años; que nació el 19 de abril de 1977 en Mendoza Capital; DNI N° 25.933.962; hijo de R.L.F. y de N.R.M.; P.P.R. 314.005; con domicilio en L.M.C. 250, piso 11° depto. A de Capital); por el delito de robo simple en grado de tentativa (arts. 42, 45 y 164 del CP).

Y CONSIDERANDO:

  1. En primer término corresponde analizar la procedencia formal en el caso en concreto del instituto peticionado en la audiencia celebrada en el marco de los presentes actuados en los términos del art. 293 del C.P.P.N.

    Que, conforme surge del acta respectiva, el Defensor Oficial, F.L. solicitó la suspensión del juicio a prueba a favor de su asistida –en los términos del art. 76 bis in fine del CP-, por considerar que se encuentran reunidos los requisitos y en virtud de las probanzas obrantes en la causa, ya que en el eventual caso de ser condenada la pena podría ser dejada en suspenso, aunado a la carencia de antecedentes. Asimismo, ofreció que su asistida fije residencia y se someta al control del Patronato de Liberados y, con respecto a las tareas comunitarias, manifestó que las mismas podría llevarlas a cabo en el Fecha de firma: 30/12/2019 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #34366368#253677062#20191230123925809 merendero cercano a su domicilio, comprometiéndose a aportar la totalidad de los datos dentro de los próximos cinco días. En relación a la reparación patrimonial, ofreció la suma de $500 (quinientos pesos), atento a sus condiciones personales. Finalmente, solicitó que el beneficio le sea concedido por el mínimo legal y manifestó que su asistida se someterá a las reglas de conducta que imponga el Tribunal.-

    Del mismo modo, el Defensor Particular, doctor E.R., solicitó la suspensión del juicio a prueba a favor de su asistido –en los términos del art. 76 bis in fine del CP-, por considerar que se encuentran reunidos los requisitos y en virtud...

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