Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA, 22 de Noviembre de 2019, expediente FBB 011756/2015/TO01

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 11756/2015/TO1 : IBAÑEZ, M.J.s. DOCUMENTOS PUBLICOS hia Blanca, de noviembre de 2019.-

Atento a lo manifestado por el Señor Juez de Cámara Dr. P.E.L., y lo previsto por el art. 55, inc. 1 del Código Procesal Penal de la Nación, PROPONGO:

ACEPTAR la excusación formulada por el Dr. P.E.L., en los términos de lo previsto por el art. 55, inc. 1 del Código Procesal Penal de la Nación e integrar el Tribunal con quien resulte designado por la Cámara Nacional de Casación Penal, a cuya Presidencia deberá

librarse oficio a tal efecto.

Registrar y hacer saber.

M.J.A.J. de Cámara Ante mí:

M.C.Y. Secretaria de Cámara Fecha de firma: 22/11/2019 Alta en sistema: 06/12/2019 Firmado por: M.J.A., Juez de Cámara Firmado por: O.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.Y., Secretaria de Cámara #34320424#249976991#20191206092912344 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 11756/2015/TO1 : IBAÑEZ, M.J.s.D.P. General Roca, de noviembre de 2019.

El Dr. O.E.A. dijo:

Que adhiero al voto de mi colega preopinante por compartir la solución jurídica propuesta en el marco del expediente FBB 11756/2015/TO1, caratulado: “IBAÑEZ, M.J.S./

FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS”, el que he tenido a la vista para la presente decisión.

Desígnase para refrendar el presente al Dr. L.A.P.G. a los fines establecidos por el art. 121 C.P.P.N.

O.E.A. Juez de Cámara ANTE MI:

Dr. L.P.G.S.F. de firma: 22/11/2019 Alta en sistema: 06/12/2019 Firmado por: M.J.A., Juez de Cámara Firmado por: O.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.Y., Secretaria de Cámara #34320424#249976991#20191206092912344 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 11756/2015/TO1 : IBAÑEZ, M.J.s.D.P. ta Rosa, de noviembre de 2019.-

Con la concordancia del voto emitido por el Señor Juez de Cámara Dr. O.E.A., el Tribunal:

RESUELVE:

ACEPTAR la excusación formulada por el Dr. P.E.L., en los términos de lo previsto por el art. 55, inc. 1 del Código Procesal Penal de la Nación e integrar el Tribunal con quien resulte...

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