Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL, 24 de Octubre de 2019, expediente CCC 015770/2017/TO01

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 15770/2017/TO1 Reg. int. n° 5962 Buenos Aires, 24 de octubre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal n° 3 de Capital Federal, D.. G.P.V., como presidente, G.J.R. y J.C.B., como vocales, juntamente con el secretario Dr. A.A.L., para redactar los fundamentos del fallo dictado el 17 de octubre pasado, en esta causa n° 15.770/17 (registro interno n°

5.962) que, por el delito de homicidio simple, se sigue a J.L.M.Q., nacido el 8 de julio de 1989 en La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia , hijo de J.M.S. y de E.Q.S., titular del Documento Nacional de Identidad n° 94.461.040, identificado en la Policía Federal Argentina con legajo serie AGE n° 234.802, con último domicilio en la calle 49, Chasquipan, La Paz, Bolivia y actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal I del S.P.F. (L.P.U. n°

412.402/p).

Intervienen en el proceso el A.F.D.J.R. y, asistiendo al imputado, el Defensor Público Oficial Dr.

G.A.F..

Y CONSIDERANDO:

El juez G.P.V. dice:

  1. ) Que, por requerimiento de elevación de la causa a juicio obrante a fs. 665/672, se atribuyó a J.L.M.Q. el hecho delictivo que el fiscal de instrucción calificó

    Fecha de firma: 24/10/2019 Alta en sistema: 25/10/2019 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JULIO CESAR BAEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #33020160#246596633#20191025143518433 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 15770/2017/TO1 Reg. int. n° 5962 de autoría de homicidio simple (arts. 45 y 79 del Código Penal) y describió en los siguientes términos:

    Entre los últimos días del mes de febrero y los primeros de marzo del año 2017, J.L.M.Q. le dio muerte a L.L.C. con el empleo de un arma blanca en el interior de la habitación que el primero ocupaba en la obra en construcción sita en la calle Bartolomé

    Mitre 2010 de esta ciudad, lugar donde se desempeñó como sereno hasta el día 3 de marzo de ese año, en el que abandonó el país y se fugó al Estado Plurinacional de Bolivia.

    El cadáver de la víctima fue hallado el 10 de marzo de 2017, en avanzado estado de descomposición, dentro de un hueco de pared perteneciente a un cuarto ubicado en el primer subsuelo del estacionamiento de la referida obra, cubierto casi en su totalidad por restos de escombros y material de construcción.

    El descubrimiento, por su parte, fue realizado en horas tempranas de la fecha reseñada por los nuevos serenos de la obra, M.Á.A. y O.E.M., quienes reemplazaron en sus funciones al aquí encausado tras su partida a Bolivia.

    Dentro de los ambientes en los que vivía M.Q. se encontró una trincheta con restos de sangre, así

    como diversas manchas hemáticas, algunas de ellas sobre las paredes y una de grandes dimensiones sobre un trozo de alfombra enrollada coincidente con un recorte de la que estaba colocada en el piso de esa habitación

    .

    Fecha de firma: 24/10/2019 Alta en sistema: 25/10/2019 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JULIO CESAR BAEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #33020160#246596633#20191025143518433 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 15770/2017/TO1 Reg. int. n° 5962 2°) Que, en la instancia prevista en el artículo 378 del Código Procesal Penal de la Nación, J.L.M.Q. hizo uso de su derecho constitucional de negarse a declarar, motivo por el cual se incorporaron los dichos que prestara a fs. 590/591, ocasión en la que dijo “…que efectivamente trabajó

    como sereno de la obra en construcción pero en marzo del año pasado, sin recordar la fecha recibió un llamado de su hermana que vive en Bolivia quien le dijo que tenía problemas con su pareja por lo que le pidió que viajara a Bolivia para ayudarla con ese problema y con el cuidado de sus hijas. Que por ello habló con A., quien era su jefe, y le dijo que tenía problemas familiares y que por ello debía viajar a Bolivia. Que A. le dijo que no había problema con el viaje y le entregó $ 2.000. Que por ello viajó a Bolivia a ver a su hermana y una vez que llegó allí su hermana le ayudó a conseguir trabajo como albañil y por ello no regresó ya que A. le había dado tiempo para regresar a trabajar y como allá estaba ganando bien decidió quedarse en Bolivia. Que el 10 de septiembre de 2017 cuando estaba pasando por la plaza S.F. de la Paz, República de Bolivia, había una manifestación de la universidad, circunstancia en la que fue detenido junto con manifestantes por resistencia a la autoridad y fue entonces que surgió la captura de esta causa y así permaneció

    detenido hasta la actualidad.”

    Tras escuchar a los testigos solicitó ampliar su declaración, ocasión en la que dijo que todo ocurrió tal como fue leído, que lo lamentaba mucho, que no quería ni tenía que hacerlo.

    Fecha de firma: 24/10/2019 Alta en sistema: 25/10/2019 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JULIO CESAR BAEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #33020160#246596633#20191025143518433 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 15770/2017/TO1 Reg. int. n° 5962 Agregó que le dolía mucho volver a repetir ese momento, que pedía una oportunidad y que el remordimiento era muy grande, que no podía seguir más con eso.

    Si bien no contestó preguntas, al serle explicado los términos de la acusación, reconoció el hecho imputado.

    Por último, en oportunidad de las palabras finales, pidió otra oportunidad, que era la primera vez que le pasaba algo así, y que nunca pretendió llegar a esto. También consideró que la pena era justa, que se había recuperado bien desde que estaba detenido, que se sentía mejor que cuando estaba afuera, reiterando que era justa la pena que le estaban dando.

  2. ) Que durante el desarrollo de la audiencia de debate comparecieron a testificar:

    1. El I.C.O.B. contó que, encontrándose en la oficina de la entonces Comisaría 5ta. de la Policía de la Ciudad, donde se desempeñaba como jefe de servicio, se acercó una auxiliar y le comentó que personal de una obra de construcción estaba en la guardia alegando que el día anterior habían encontrado a una persona sin vida dentro de lo que sería un boquete.

      Señaló que le pareció extraño que se acercaran habiendo pasado un día por lo que salió a recibirlos. Fue así que conversó con los abogados de una obra en construcción ubicada en B.M. al 2000, quienes le dijeron que los serenos habían hallado una persona sin vida en el subsuelo. Explicaron que en el baño del subsuelo había mucho olor nauseabundo, típico del Fecha de firma: 24/10/2019 Alta en sistema: 25/10/2019 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JULIO CESAR BAEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #33020160#246596633#20191025143518433 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 15770/2017/TO1 Reg. int. n° 5962 emanado por un muerto, y al acercarse vieron a una persona sin vida por lo que avisaron a sus jefes, y estos a su vez a los dueños que, al otro día, fueron a la comisaría.

      Inmediatamente dio aviso a sus superiores y se acercó

      al lugar con su jefe, el P.T., y estas personas, que abrieron la puerta de la obra, que estaba cerrada con candado. Así

      ingresaron por una rampa de vehículos, hasta el subsuelo donde, debajo de cemento ya seco y, dentro de un boquete, se observaban extremidades de un ser humano.

      Contó que iluminó el boquete con la linterna de su celular y que se sentía olor nauseabundo, lo que indicaba que la persona llevaba días fallecida.

      Tras retirar a todas las personas, el P.T. recibió directivas de la fiscalía, aguardaron al personal de homicidio y criminalística, luego llegó también la secretaria, con quienes ingresaron.

      Recordó que fueron hacia el fondo, que había una escalera con dos descansos, en una habitación levantaron manchas hemáticas compatibles con sangre, al igual que en un cuarto ubicado metros antes.

      Luego hallaron una alfombra enrollada, también manchada con sangre, que le faltaba un pedazo, que después, también, encontraron; tenía manchas bastantes importantes y cree que también gusanos.

      Dijo que en la habitación con la alfombra había una trincheta con manchas, compatibles con sangre, todo lo cual fue Fecha de firma: 24/10/2019 Alta en sistema: 25/10/2019 Firmado por: G.J.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JULIO CESAR BAEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #33020160#246596633#20191025143518433 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 15770/2017/TO1 Reg. int. n° 5962 tomado y puesto a resguardo por la División Criminalística y, más tarde, incautado en presencia de los testigos convocados al efecto.

      Señaló que había manchas en la pared y, según recordaba, también una huella digital en la pared, ignorando sí

      pudieron levantarla para analizar.

      Tras revisar las otras habitaciones del primer piso, bajaron y fueron hacia el lugar donde estaba el cadáver, recordando que el olor era intenso y que la médica legista dijo que le parecía que el cuerpo tendría siete días de fallecido.

      Reiteró que la persona estaba tapada con cemento y que por el boquete se veían sus extremidades, recordando que también estaba el médico de la morgue y luego llegó el fiscal y dio directivas verbales.

      Dijo que afuera había una máquina de escribir que le parecía que también tenía manchas, se la entró y le tomaron muestras.

      Luego llegó el transporte forense y retiró el cuerpo.

      Finalizado el procedimiento, se retiraron, dejando un oficial de consigna para que nadie ingrese.

      ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR