Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL, 6 de Agosto de 2019, expediente CCC 030350/2019/TO01

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 30350/2019/TO1 Reg. int. n° 6.154 Buenos Aires, 6 de agosto de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para dictar sentencia en esta causa nº 30.350/2019 (registro interno nº 6154) en trámite por ante este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 3 de Capital Federal, integrado de manera unipersonal por quien suscribe, G.P.V., juntamente con el S.A.A.L., seguida por el delito de robo, en grado de tentativa, a M.Á.F., nacido el 29 de marzo de 1986, en esta Ciudad, desocupado, hijo de M.I.N. y L.C.F., soltero, titular del Documento Nacional de Identidad n°

32.244.867, identificado en la Policía Federal con legajo serie R.H.

n° 280.991 y en el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal con prontuario n° 3.219.887, en situación de calle y con domicilio denunciado en el hogar de Cáritas sito en Guaraní 672 de esta ciudad, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal I (L.P.U. n° 291.792/p).

Intervienen en el proceso el A.F.D.J.R. y asistiendo al imputado el Defensor Público Coadyuvante de la Defensoría Oficial nº 6 Dr. L.B..

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que a fs. 82 se agregó el acta celebrada en función de lo previsto en el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, en la que el procesado admitió la existencia del hecho que se le imputa y su participación en éste, según se describiera en el requerimiento de elevación de la causa a juicio; también prestó

    Fecha de firma: 06/08/2019 Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #33767473#240569878#20190806101748691 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 30350/2019/TO1 Reg. int. n° 6.154 conformidad con la calificación legal y el quantum punitivo allí

    escogido.

    En virtud de ello, el auxiliar fiscal solicitó que se condene a M.Á.F. como autor del delito de robo, en grado de tentativa, a la pena de tres meses de prisión, de efectivo cumplimiento, y costas.

    Celebrada la audiencia de visu por el Tribunal, y al considerar procedente el acuerdo mencionado, se llamó a autos para dictar sentencia, quedando la causa en condiciones de ser fallada (artículo 431 bis, inciso 3°, del Código Procesal Penal de la Nación).

  2. ) Que, de acuerdo con los términos del requerimiento de elevación a juicio de fs. 63/64 y las constancias de la causa, valoradas de conformidad con las reglas de la sana crítica racional (arts. 241, 263 y 398, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación), se tiene por cierto que:

    El 1° de mayo de 2019, alrededor de la 1:30, M.Á.F. se presentó en la puerta de la finca ubicada en C.B. 94 de esta Ciudad, propiedad de S.H. De Olivera, y comenzó a golpear fuertemente la puerta de entrada, con la finalidad de ingresar.

    Al escuchar los ruidos, la nombrada, que se encontraba en el primer piso de la casa con B.P.D.A., se acercó con su amigo al balcón y observaron al imputado -que vestía remera blanca y pantalón negro y llevaba un bolso-

    Fecha de firma: 06/08/2019 Firmado por: G.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #33767473#240569878#20190806101748691 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 30350/2019/TO1 Reg. int. n° 6.154 quien, al verlos, les dijo: “soy policía, ábranme la puerta”, mientras continuaba pateando la puerta.

    Ante ello, P. De A. llamó al 911 y dijo que había un hombre que se hacía pasar por policía que quería ingresar al domicilio para...

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