Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL, 7 de Mayo de 2019, expediente CCC 039995/2017/TO01

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 39995/2017/TO1 Buenos Aires, 7 de mayo de 2019.

Para dictar resolución en el expediente nro. 39.995/2017 (registro interno 5894)

del registro del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nro. 25 de esta Ciudad, presidida por la suscripta, en los términos del art. 76 bis y ter de Código Penal, en presencia de la Secretaria Dra.

M.E.B., remitida a juicio por el delito de lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género en concurso ideal con amenazas simples contra G.A.P. (argentino, titular del Documento Nacional de Identidad nro. 23.669.933, nacido el 15 de diciembre de 1973 en Capital Federal, soltero, hijo de E.P. y de A.P., legajo O4040240 del Registro Nacional de Reincidencia, prontuario policial C. I. 11371255, y con último domicilio real denunciado en autos en calle T. 1367, dpto. “2”

de esta Ciudad).

Intervienen en la audiencia la Sra.

A.F. General, Dra. V.Z. y la Sra. Defensora Coadyuvante (20), Dra. A.R., por la defensa del imputado.

Fecha de firma: 07/05/2019 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #33122616#233652219#20190507082132354 Y CONSIDERANDO: I.- Que el representante del Ministerio Público F. requirió la elevación a juicio contra el imputado G.A.P. en los términos consignados a fs. 132/136:

...Se encuentra probado, con el grado de probabilidad exigido para su elevación a juicio que, el 3 de julio del año 2017, aproximadamente a las 17:30 horas, cuando G.A.P. se hizo presente en el domicilio de su ex pareja M.R.M., sito en la calle T. 1367, depto.. 2 de esta ciudad a fin de dejar a su hija, G. de las Mercedes P., se suscitó una discusión con M., ocasión en la que el encausado se tornó violento, la tomó de los dos brazos, la zamarreó contra su vehículo, le pegó un golpe de puño en el estómago y le refirió “te voy a sacar a la nena hija de puta, te voy a matar…”

El Sr. F. de grado, calificó el hecho investigado en las presentes actuaciones como constitutivo del delito de lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género en concurso ideal con amenazas simples (arts.

Fecha de firma: 07/05/2019 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #33122616#233652219#20190507082132354 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 39995/2017/TO1 45, 54 y 89 –en función de los arts. 92 y 80 inc. 1°

y 11°- y 149 bis, 1° párrafo del Código Penal). II.- Previo a dar intervención a las partes, la Actuaria informó que se encontraba presente la presunta damnificada M.R.M.. III.- Que en la audiencia señalada por el art. 293 del C.P.P.N. la defensa del imputado ha solicitado la suspensión del juicio a prueba en los términos del art. 76 bis y ter del Código Penal, quien refirió que en el caso, en virtud de la calificación legal que se le imputa y teniendo en consideración su falta de antecedentes, veía viable la aplicación del instituto en análisis.

Refirió que conforme la doctrina sentada por el fallo “G.” entendía que se encontraban reunidos los requisitos formales, en este caso atendiendo a la índole del delito que se le imputa a su asistido, siendo que el hecho es de junio de 2017 y ya lleva casi dos años de trámite.

Indicó que su asistido le refirió la buena relación que tiene con quien aparece como presunta damnificada, la señora M., con quien Fecha de firma: 07/05/2019 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B...

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