Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA, 29 de Abril de 2019, expediente FMZ 091002177/2008/TO01

Fecha de Resolución29 de Abril de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 Expte. Nº 91002177/2008 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: D.J.F, ANA MARÍA Y OTROS s/CONTRABANDO ARTICULO 864, INC. B) - CODIGO ADUANERO y CONTRABANDO AGRAVADO ARTICULO 865, INC. F) - CODIGO ADUANERO Mendoza, de abril de 2019.-

AUTOS Y VISTOS: Los presentes Nº

91002177/2008, caratulados: "D.J., A.M. s/ Contrabando art. 864 inc. b) Código Aduanero” y CONSIDERANDO: I- Que el Sr. Defensor Oficial Coadyuvante, solicita la prescripción de la acción penal en favor de su representada A.M.D.J., por entender que desde el último acto interruptivo producido en fecha 02/03/2009, con la citación de las partes a juicio, la causa habría prescripto , en relación a la imputación formulada en el requerimiento de elevación de la causa a juicio, esto es infracción al art. 863 y 864 inc. b) con el agravante del artículo 865 inc. f) de la ley 22.415. II.- Que corrida vista a la Sra. Fiscal General S., dictaminó a fs. 746, que corresponde hacer lugar a lo solicitado por el Ministerio Público de la Defensa, teniendo en cuenta que desde el último acto interruptivo de la prescripción, la citación de las partes a juicio, ha transcurrido el plazo máximo de la escala penal prevista para el delito por el cual fuera procesada, correspondiendo sobreseerla respecto de la conducta que se le atribuye en la presente causa.(art. 336 inc. 1° del C.P.P.). II- Que en la presente causa se ha requerido la elevación a juicio respecto de A.M.D.J., en relación a la presunta infracción al art. 863 y 864 inc. b) con el agravante del artículo 865 inc. f) de la ley 22.415, exclusivamente respecto de los Despachos de Importación 98038 IC05 00036IC y 98038 IC05 000879Z.

Habiéndose actualizado los antecedentes penales de la nombrada, teniendo en cuenta el tiempo trascurrido desde la fecha del hecho atribuido y los actos interruptivos registrados en la causa, Fecha de firma: 29/04/2019 Firmado por: A.D.C., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: S.K., Secretaria de Cámara #30263589#232124911#20190416101906438 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 corresponde analizar la prescripción de la acción penal en orden a la dicha calificación legal.

A la luz de la reforma introducida al art. 67 del C.P. por la ley 25.990, corresponde declarar extinguida la acción penal por prescripción (conf. arts. 59, inc. 3, 62 inc. 2° y 67 del C.P.) y sobreseer a A.M.D.J..

Que desde la citación a juicio, obrante a fs. 442...

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