Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 18 de Marzo de 2019, expediente CFP 004764/2015/TO01/CFC011

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III Causa Nº CFP 4764/2015/TO1/CFC11 Cámara Federal de Casación Penal “V., G.A. s/competencia”

Registro nro.: 176/19 Buenos Aires, 18 de marzo de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver el conflicto negativo de competencia suscitado entre el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 8 y su par nº 2, ambos de esta ciudad; Y CONSIDERANDO:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº

    8 declaró su incompetencia para seguir entendiendo en esta causa –y sus acumuladas- y la remitió por conexidad subjetiva a su par nº 2 por considerar que en el expediente que allí tramitaba se investigaba el delito más grave (ver fs. 7601/7605).

    Los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 2 rechazaron el planteo argumentando que la acumulación de los expedientes en cuestión “representaría un notable retroceso” en la causa de atracción (ver fs.

    7624/7628).

    El Tribunal Oral nº8 se mantuvo en su postura inicial, dio por trabada la contienda y elevó la causa a conocimiento de esta Cámara (ver fs. 7633/7636)

  2. Atento a que ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 2 se encuentra en trámite la investigación del delito más severamente penado y que el debate oral en la causa de atracción se fijó con posterioridad a la elevación de este incidente, por aplicación del primer inciso del art. 42 del Código Procesal Penal de la Nación, oído que fuera el Sr. Fiscal General, el Tribunal

    RESUELVE:

    DECLARAR LA COMPETENCIA del Tribunal Oral en lo Fecha de firma: 18/03/2019 Alta en sistema: 19/03/2019 Firmado por: LILIANA E. CATUCCI, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION...

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