Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL, 14 de Febrero de 2019, expediente CCC 011692/2017/TO01

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 11692/2017/TO1 n la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil diecinueve, siendo las 11:00 horas, se constituyó en los estrados del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 13, el Sr. Juez de Cámara, Dr.

E.J.G., para la celebración de la audiencia de suspensión de juicio a prueba, en la presente causa nº 11692/2017 “C.R.R. s/ lesiones dolosas leves agravadas por haber mediado una relación de pareja”. En primer lugar, el Sr. Presidente da inicio a la audiencia fijada para el día de la fecha en los términos del artículo 293 del C.P.P.N., y a continuación el Sr. Secretario de Cámara, Dr. D.N.R., hace saber que se encuentran presentes la Auxiliar Fiscal General, Dra. R.C.; el imputado R.R.C., y la asistencia del Dr. F.M.C.. Asimismo, se advierte la ausencia de la eventual damnificada, Sra. N.R.C., convocatoria a cargo del Ministerio Público Fiscal.-------------------------------------

En atención a ello, otorgada la palabra a la representante F., hizo saber que la eventual damnificada le manifestó estar de acuerdo con el otorgamiento de la suspensión de juicio a prueba, pero que no podría asistir a la audiencia debido a una infección en su boca y eso le impedía acercarse al Tribunal. A continuación, el Sr. Secretario da lectura al correo electrónico remitido por la autoridad policial interviniente en cuanto a la citación del imputado a esta audiencia del que se Fecha de firma: 14/02/2019 Alta en sistema: 19/02/2019 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.N.R., SECRETARIO DE CAMARA #32311257#226873133#20190218133609148 desprende que el encausado no habitaba ese domicilio desde hacía aproximadamente dos meses, como así

también al requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 148/152vta.---------------------------

Por su parte, el Dr. F.M.C. ratificó la presentación efectuada a fs. 174/176, agregando que su asistido mantenía el trabajo de encargado de edificio, y que tuvo un reciente aumento de sueldo, por lo que si bien antes percibía el ingreso de quince mil pesos, actualmente recibe veinte mil pesos mensuales, por lo que ofrece subir el monto de la reparación a dos mil pesos. A su vez, ofreció realizar tareas comunitarias en la Iglesia Santa Cruz, sita en la intersección de las calles Urquiza y C.C., de esta ciudad, sin perjuicio de llevarlas a cabo donde el Tribunal se lo...

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