Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS, 14 de Febrero de 2019, expediente FMZ 062000743/2009/TO01

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS Av. ILLIA Nº 36, 3º PISO – Ciudad de San Luis -

FMZ 62000743/2009/TO1 San Luis, 14 de febrero de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

El expediente FMZ 62000743/2009/TO1 caratulado “MIGLIOZI, J.E.S./FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS –USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART. 296 CP)”, para resolver situación procesal del fallecido J.E.M., habiendo dictaminado el Ministerio Público Fiscal a fs. 171; y, CONSIDERANDO:

I- Que al librarse oficio n° 1520 (fs. 166) a la Delegación San Luis de la Policía Federal Argentina a los efectos de que se procediera a la citación en los términos de Art.

293 del CPPN del procesado J.E.M., ddo. Honduras 1695 -B° JUBILADOS-, dicha dependencia advirtió la muerte del causante por sistema de gestión documental electrónica, habiendo remitido a este Tribunal copia en soporte digital de la partida de defunción fechada el 30/11/2018, cuya constancia obra agregada a fs. 167/169.

II- Al contestar en vista, el MPF se expidió sosteniendo que “Que atento a las constancias remitidas por la Delegación San Luis de la Policía Federal Argentina en soporte digital extraído por Gestión Documental Electrónica dependiente de Secretaría de Modernización Administrativa de la Nación, este Ministerio Fiscal OPINA que corresponde declarar la extinción de la pena por muerte del condenado y proceder al archivo del presente legajo. Art. 59 inc 1. CP.”.

III- Estando a lo dictaminado por el organismo titular de la acción penal y habiéndose incorporado un testimonio oficial que acredita la muerte del imputado, queda comprobada con certeza la causal prevista en el Art. 59 Inc. 1) del Cód. Penal y en consecuencia corresponde declarar el sobreseimiento del prenombrado y archivo de la causa respectiva, con arreglo al Art. 336 Inc. 1°) del CPPN.

Por ello, SE

RESUELVE:

  1. ) Tener por EXTINGUIDA la ACCIÓN PENAL por muerte del imputado en los términos de los Arts. 59 Inc. 1) del Cód. Penal y 336 Inc. 1°) del CPPN y en consecuencia ordenar el ARCHIVO de Fecha de firma: 14/02/2019 Firmado por: R.J.N., JUEZ DE CÁMARA 1 Firmado(ante mi) por: A.M.S., SECRETARIA DE CÁMARA #28945384#226613824#20190214121135142 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS Av. ILLIA Nº 36, 3º PISO – Ciudad de San Luis -

    FMZ 62000743/2009/TO1 la causa caratulada “MIGLIOZI, J.E.S./FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS –

    USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART. 296 CP)”, Expdte. FMZ 62000743/2009/TO1, en relación al...

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