Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL, 19 de Diciembre de 2018, expediente CCC 038702/2018/TO01

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 38702/2018/TO1 Buenos Aires, 19 de diciembre de 2018.

VISTA:

La causa n° 38.702/2018 (interno n° 5149) seguida a M.Á.V., argentino, nacido el 16 de noviembre de 1992 en la localidad de Florida, Partido de V.L., Provincia de Buenos Aires, titular del Documento Nacional de Identidad n°

37.193.813, hijo de N.B.V., soltero, cartonero, titular del prontuario Policial de la División Toxicomanía n° 90.715, actualmente en situación de calle y detenido a disposición de este Tribunal en el Complejo Penitenciario Federal n° II de Marcos Paz.

Intervienen en el proceso representando al Ministerio Público Fiscal, la Dra. G.G. y la Defensora Oficial Coadyuvante, Dra. M.F.L..

De la que RESULTA PRIMERO En lo que respecta a esta causa la acusación sostuvo que:

Se le imputó a M.Á.V. en el acto de su declaración indagatoria el haber intentado apoderarse mediante fuerza en las cosas de los bienes de valor existentes en el interior del automotor marca Volkswagen, modelo S., dominio PEX-040, propiedad de O.D.P., en particular del reproductor de música de dicho vehículo

.

En efecto, el día 29 de junio de 2018, aproximadamente a las 1.10 hs., el acusado rompió el ventilete trasero derecho –del lado del acompañante- del automotor dominio PEX-040 el cual se encontraba estacionado en la vía pública aproximadamente frente a la Fecha de firma: 19/12/2018 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #32358861#224588794#20181219154837814 finca sita en G. 1995 de esta ciudad, a metros de su intersección con la calle G. e ingresó en el habitáculo en busco de elementos de valor

.

Instantes más tarde el I.H.C.B., notó que el automotor dominio PEX-040 tenía una puerta abierta por lo cual al acercarse y advertir la presencia del imputado en su interior intentando apoderarse del estéreo, procedió a su detención

.

El Sr. Fiscal de Instrucción, Dr. A.M., calificó el proceder del imputado como constitutivo del delito de robo simple en grado de tentativa, del cual resultaba ser autor (arts. 42, 45 y 164 del Código Penal).

SEGUNDO Se presenta al Tribunal esta propuesta de juicio abreviado y cumpliendo con los recaudos formales establecidos por el artículo 431 bis del código de rito.

Allí, en el acta agregada (fojas 113 a 115), el imputado presta conformidad con la existencia del hecho y admite la intervención que le cupo en el mismo y la Sra. Fiscal, manteniendo la calificación asignada, requiere al Tribunal que al momento de fallar se le imponga a M. ángel V. la pena de cuatro meses de prisión de efectivo cumplimiento y el pago de las costas (arts. 29 inciso 3° del Código Penal y 431 bis, 530 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación).

Asimismo y en función de la condena anterior que registra, peticionó que en definitiva se le imponga la pena única de dos años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento y el pago de las costas, Fecha de firma: 19/12/2018 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #32358861#224588794#20181219154837814 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 38702/2018/TO1 comprensiva de la solicitada para esta causa y de la pena única de dos años y cuatro meses de prisión dictada por este Tribunal el 8 de marzo de 2018.

Corresponde entonces que me pronuncie al respecto.

TERCERO Considero que en el marco de esta causa se ha adquirido certeza positiva en cuanto a la materialidad del hecho y a la responsabilidad que le cupo al imputado.

En efecto, la prueba reunida ha podido demostrar, más allá

de toda duda razonable, que el día 29 de junio de 2018 y después de haber ejercido fuerza sobre las cosas –la rotura del ventilete trasero derecho del lado del acompañante del automotor dominio PEX-040, propiedad de O.D.P.-, el acusado M.Á.V. ingresó al habitáculo del rodado con la intención de apoderarse del equipo de audio allí instalado. Sin embargo, no pudo concretar tal ilícito propósito, pues fue sorprendido en plena faena delictiva por parte del Oficial de la Policía de la Ciudad H.C.B., quien logró su aprehensión y procedió al secuestro de las evidencias que acreditan el cuerpo del delito.

Para sostener tal aserto, me baso en el testimonio de J.P. (fojas 46), la hija del titular registral del vehículo, quien dio cuenta que había dejado el mismo debidamente estacionado y cerrado frente a la finca de la calle G. 1995 de esta metrópoli. Las manifestaciones de su padre O.D.P. de fojas 52 concurre en refuerzo de la denuncia.

Fecha de firma: 19/12/2018 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #32358861#224588794#20181219154837814 A ello aduno las manifestaciones del I.H.C.B. (fojas 1), quien sorprendió a V. cuando se encontraba dentro del vehículo y pretendiendo extraer el estéreo.

La prueba se completa con las actas labradas por el preventor y agregadas a fojas 2 y 3, celebradas en...

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